III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13172)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones desarrolladas por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y por el Ministerio para la Transición Ecológica en relación con el cambio climático, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78398
difusos, excluyendo la gestión y el régimen del comercio de derechos de emisión aplicable a las
grandes instalaciones emisoras, en la medida en esta materia es objeto de una actuación fiscalizadora
específica incluida en el Programa Anual de Fiscalizaciones de 2021, aprobado por el Pleno del
Tribunal de Cuentas44.
El ámbito subjetivo de la actuación fiscalizadora está constituido por la Oficina Española de Cambio
Climático (en adelante, OECC), a quien corresponde la formulación de la política nacional de cambio
climático, así como la propuesta de la normativa y el desarrollo de los instrumentos de planificación y
administrativos que permitan cumplir con los objetivos establecidos por dicha política45. Este órgano,
con rango de Dirección General, depende orgánicamente de la actual Secretaría de Estado de Medio
Ambiente del MITERD.
En cuanto al ámbito temporal, la fiscalización se refiere al ejercicio 2018, sin perjuicio de que las
actuaciones se hayan extendido a los procedimientos aplicados en el momento al que estas se han
realizado, o a ejercicios anteriores o posteriores, cuando ello ha contribuido a la consecución de los
objetivos previstos en esta fiscalización.
I.4.
MARCO NORMATIVO
–
Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión
de gases de efecto invernadero.
–
Real Decreto 1315/2005, de 4 de noviembre, por el que se establecen las bases de los sistemas
de seguimiento y verificación de emisiones de gases de efecto invernadero en las instalaciones
incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el
régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
–
Real Decreto 1264/2005, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y
funcionamiento del Registro nacional de derechos de emisión.
–
Real Decreto 1031/2007, de 20 de julio, por el que se desarrolla el marco de participación en
los mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kioto.
–
Real Decreto 341/2010, de 19 de marzo, por el que se desarrollan determinadas obligaciones
de información para actividades que se incorporan al régimen de comercio de derechos de
emisión de gases de efecto invernadero.
–
Real Decreto 415/2014, de 6 de junio, por el que se regula la composición y funciones del
Consejo Nacional del Clima.
–
Real Decreto 958/2018, de 27 de julio, por el que se crea y regula la Comisión Interministerial
para el Cambio Climático y la Transición Energética.
–
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible que crea el Fondo de Carbono para una
economía sostenible.
–
Real Decreto 1494/2011, de 24 de octubre, por el que se regula el Fondo de Carbono para una
economía sostenible.
–
Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono,
compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
2) Marco Europeo:
44
45
Fiscalización sobre la gestión de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero, ejercicios 2017 y 2018.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 864/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica, vigente a la sazón, y en el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
cve: BOE-A-2023-13172
Verificable en https://www.boe.es
1) Marco Estatal:
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78398
difusos, excluyendo la gestión y el régimen del comercio de derechos de emisión aplicable a las
grandes instalaciones emisoras, en la medida en esta materia es objeto de una actuación fiscalizadora
específica incluida en el Programa Anual de Fiscalizaciones de 2021, aprobado por el Pleno del
Tribunal de Cuentas44.
El ámbito subjetivo de la actuación fiscalizadora está constituido por la Oficina Española de Cambio
Climático (en adelante, OECC), a quien corresponde la formulación de la política nacional de cambio
climático, así como la propuesta de la normativa y el desarrollo de los instrumentos de planificación y
administrativos que permitan cumplir con los objetivos establecidos por dicha política45. Este órgano,
con rango de Dirección General, depende orgánicamente de la actual Secretaría de Estado de Medio
Ambiente del MITERD.
En cuanto al ámbito temporal, la fiscalización se refiere al ejercicio 2018, sin perjuicio de que las
actuaciones se hayan extendido a los procedimientos aplicados en el momento al que estas se han
realizado, o a ejercicios anteriores o posteriores, cuando ello ha contribuido a la consecución de los
objetivos previstos en esta fiscalización.
I.4.
MARCO NORMATIVO
–
Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión
de gases de efecto invernadero.
–
Real Decreto 1315/2005, de 4 de noviembre, por el que se establecen las bases de los sistemas
de seguimiento y verificación de emisiones de gases de efecto invernadero en las instalaciones
incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el
régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
–
Real Decreto 1264/2005, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y
funcionamiento del Registro nacional de derechos de emisión.
–
Real Decreto 1031/2007, de 20 de julio, por el que se desarrolla el marco de participación en
los mecanismos de flexibilidad del Protocolo de Kioto.
–
Real Decreto 341/2010, de 19 de marzo, por el que se desarrollan determinadas obligaciones
de información para actividades que se incorporan al régimen de comercio de derechos de
emisión de gases de efecto invernadero.
–
Real Decreto 415/2014, de 6 de junio, por el que se regula la composición y funciones del
Consejo Nacional del Clima.
–
Real Decreto 958/2018, de 27 de julio, por el que se crea y regula la Comisión Interministerial
para el Cambio Climático y la Transición Energética.
–
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible que crea el Fondo de Carbono para una
economía sostenible.
–
Real Decreto 1494/2011, de 24 de octubre, por el que se regula el Fondo de Carbono para una
economía sostenible.
–
Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono,
compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono.
2) Marco Europeo:
44
45
Fiscalización sobre la gestión de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero, ejercicios 2017 y 2018.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 del Real Decreto 864/2018, de 13 de julio, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica, vigente a la sazón, y en el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
cve: BOE-A-2023-13172
Verificable en https://www.boe.es
1) Marco Estatal: