III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13167)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las actuaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y del Consejo de Seguridad Nuclear para la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la energía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78072
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
1.1. La fiscalización de las actuaciones del Consejo de Seguridad Nuclear para la implementación
de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la energía se incluyó a iniciativa del
propio Tribunal de Cuentas en el Programa de Fiscalizaciones correspondiente al año 2019,
aprobado por el Pleno del Tribunal el 20 de diciembre de 2018.
1.2. El Pleno del Tribunal de Cuentas, en su sesión de 31 de enero de 2019, acordó el inicio de este
procedimiento fiscalizador.
1.3. En el transcurso de los trabajos preliminares de planificación de las actuaciones fiscalizadoras
se advirtió la conveniencia de modificar el ámbito subjetivo de la fiscalización, para incluir en el mismo,
además de al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC), por razón de sus respectivas competencias en materia de energía y del estado
de implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en España. El Pleno del Tribunal
de Cuentas acordó el correspondiente cambio de la denominación de la fiscalización mediante una
modificación del Programa de Fiscalizaciones de 2019 aprobada el 28 de febrero de 2019. Las
Directrices Técnicas de la fiscalización se aprobaron por el Pleno el 28 de marzo de 2019.
1.4. Esta actuación fiscalizadora se enmarca en la puesta en práctica del Plan Estratégico
2018-2021, contribuyendo a la consecución de diversos objetivos estratégicos del mismo. Así, se
encuadra en las actuaciones tendentes al cumplimiento del objetivo estratégico 1 “Contribuir al buen
gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del sector público” y, en concreto, de
los siguientes objetivos específicos: 1.1 “Realizar actuaciones que sirvan a las Cortes Generales y
a las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas para impulsar la adopción de medidas
que contribuyan a conseguir un sector público más racional y eficiente”; 1.2 “Fomentar buenas
prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas”; y 1.4 “Incrementar las
fiscalizaciones operativas”.
1.5. De hecho, la principal razón que motivó el planteamiento de esta fiscalización es el compromiso
del Tribunal, adquirido en el citado Plan Estratégico, de impulsar la realización de actuaciones que
contribuyan a la implementación de los ODS, una de las medidas definidas para dar cumplimiento
al referido objetivo específico 1.1.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.6. De acuerdo con lo previsto en las Directrices Técnicas, el ámbito subjetivo de la fiscalización
incluye dos organismos públicos con competencias en materia de energía: la CNMC y el CSN.
1.8. El objetivo ODS 7, “Garantizar el acceso a una energía asequible, sostenible, segura y moderna
para todos”, se centra en el sector energético y está íntimamente relacionado con el ODS 13,
“Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos”. Esta confluencia de
objetivos se gestiona por primera vez en España, a partir de junio de 2018, desde el mismo
departamento ministerial, el Ministerio para la Transición Ecológica1. De este departamento
emanarán las políticas públicas, las directrices y la normativa necesarias para la implementación de
estos ODS, definiendo los organismos públicos con competencias en la materia.
1
Para la denominación de los departamentos ministeriales se utiliza, a lo largo de este Informe, la que se encontraba
vigente en cada fecha citada.
cve: BOE-A-2023-13167
Verificable en https://www.boe.es
1.7. Las líneas generales de la preparación para la implementación de los ODS en España se
encuentran en el documento “Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030”, aprobado
por el Consejo de Ministros el 29 de junio de 2018, como un documento programático de transición
entre el arranque de la implementación de la Agenda y la formulación de una Estrategia de
Desarrollo Sostenible a largo plazo.
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78072
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
1.1. La fiscalización de las actuaciones del Consejo de Seguridad Nuclear para la implementación
de los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la energía se incluyó a iniciativa del
propio Tribunal de Cuentas en el Programa de Fiscalizaciones correspondiente al año 2019,
aprobado por el Pleno del Tribunal el 20 de diciembre de 2018.
1.2. El Pleno del Tribunal de Cuentas, en su sesión de 31 de enero de 2019, acordó el inicio de este
procedimiento fiscalizador.
1.3. En el transcurso de los trabajos preliminares de planificación de las actuaciones fiscalizadoras
se advirtió la conveniencia de modificar el ámbito subjetivo de la fiscalización, para incluir en el mismo,
además de al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC), por razón de sus respectivas competencias en materia de energía y del estado
de implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en España. El Pleno del Tribunal
de Cuentas acordó el correspondiente cambio de la denominación de la fiscalización mediante una
modificación del Programa de Fiscalizaciones de 2019 aprobada el 28 de febrero de 2019. Las
Directrices Técnicas de la fiscalización se aprobaron por el Pleno el 28 de marzo de 2019.
1.4. Esta actuación fiscalizadora se enmarca en la puesta en práctica del Plan Estratégico
2018-2021, contribuyendo a la consecución de diversos objetivos estratégicos del mismo. Así, se
encuadra en las actuaciones tendentes al cumplimiento del objetivo estratégico 1 “Contribuir al buen
gobierno y a la mejora de la actividad económico-financiera del sector público” y, en concreto, de
los siguientes objetivos específicos: 1.1 “Realizar actuaciones que sirvan a las Cortes Generales y
a las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas para impulsar la adopción de medidas
que contribuyan a conseguir un sector público más racional y eficiente”; 1.2 “Fomentar buenas
prácticas de organización, gestión y control de las entidades públicas”; y 1.4 “Incrementar las
fiscalizaciones operativas”.
1.5. De hecho, la principal razón que motivó el planteamiento de esta fiscalización es el compromiso
del Tribunal, adquirido en el citado Plan Estratégico, de impulsar la realización de actuaciones que
contribuyan a la implementación de los ODS, una de las medidas definidas para dar cumplimiento
al referido objetivo específico 1.1.
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL DE LA FISCALIZACIÓN
1.6. De acuerdo con lo previsto en las Directrices Técnicas, el ámbito subjetivo de la fiscalización
incluye dos organismos públicos con competencias en materia de energía: la CNMC y el CSN.
1.8. El objetivo ODS 7, “Garantizar el acceso a una energía asequible, sostenible, segura y moderna
para todos”, se centra en el sector energético y está íntimamente relacionado con el ODS 13,
“Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos”. Esta confluencia de
objetivos se gestiona por primera vez en España, a partir de junio de 2018, desde el mismo
departamento ministerial, el Ministerio para la Transición Ecológica1. De este departamento
emanarán las políticas públicas, las directrices y la normativa necesarias para la implementación de
estos ODS, definiendo los organismos públicos con competencias en la materia.
1
Para la denominación de los departamentos ministeriales se utiliza, a lo largo de este Informe, la que se encontraba
vigente en cada fecha citada.
cve: BOE-A-2023-13167
Verificable en https://www.boe.es
1.7. Las líneas generales de la preparación para la implementación de los ODS en España se
encuentran en el documento “Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030”, aprobado
por el Consejo de Ministros el 29 de junio de 2018, como un documento programático de transición
entre el arranque de la implementación de la Agenda y la formulación de una Estrategia de
Desarrollo Sostenible a largo plazo.