III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Evaluación educativa. (BOE-A-2023-13181)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se establece el procedimiento para la constitución de un panel de expertos y expertas para colaborar con el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, para la elaboración y revisión de materiales e instrumentos de evaluación asociados a las evaluaciones del sistema educativo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78577
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Duodécimo.
Recursos.
Contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el
mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116
y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, no pudiendo interponerse este último hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Disposición adicional única.
Aplicación y actualización de los anexos.
Queda autorizada la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial para
aplicar, interpretar y desarrollar lo dispuesto en la presente resolución.
Disposición final.
La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta
resolución, que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOE.
Madrid, 25 de mayo de 2023.–El Secretario de Estado de Educación, José Manuel
Bar Cendón.
ANEXO I
a)
Cuerpos y especialidades de los que se formarán listas:
Cuerpo de Maestros
b)
Apartado de la
convocatoria
‒ Lengua castellana y literatura (código 004).
‒ Geografía e Historia (código 005).
‒ Matemáticas (código 006).
‒ Física y Química (código 007).
‒ Biología y Geología (código 008).
‒ Francés (código 010).
‒ Inglés (código 011).
‒ Tecnología (código 019).
‒ Informática (código 107).
Documentos para la justificación de requisitos de participación:
Documentación
Tercero a.
Para justificar el cuerpo de pertenencia o los cuerpos de pertenencia y la o las especialidades se deberá presentar una hoja
de servicios y, si esta información no figurara en ella, se deberá presentar el título de funcionario de carrera y/o la credencial
de adquisición de nuevas especialidades expedida por la Administración educativa correspondiente.
Tercero c.
Hoja u hojas de servicios expedidas por las Administraciones educativas correspondientes o certificado de la dirección del
centro educativo privado visado por la inspección educativa en la que figuren los meses en los que ha ejercido la docencia y
la etapa educativa.
cve: BOE-A-2023-13181
Verificable en https://www.boe.es
Especialidades.
‒ Lengua extranjera: inglés (código 032).
‒ Lengua extranjera: francés (código 033).
‒ Pedagogía terapéutica (código 036).
‒ Audición y Lenguaje (código 037).
‒ Primaria (código 038).
Cuerpo de Catedráticos o Profesores de Enseñanza Secundaria
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78577
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Duodécimo.
Recursos.
Contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el
mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116
y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo
de dos meses, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, no pudiendo interponerse este último hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Disposición adicional única.
Aplicación y actualización de los anexos.
Queda autorizada la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial para
aplicar, interpretar y desarrollar lo dispuesto en la presente resolución.
Disposición final.
La presente convocatoria se regirá por las normas específicas contenidas en esta
resolución, que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOE.
Madrid, 25 de mayo de 2023.–El Secretario de Estado de Educación, José Manuel
Bar Cendón.
ANEXO I
a)
Cuerpos y especialidades de los que se formarán listas:
Cuerpo de Maestros
b)
Apartado de la
convocatoria
‒ Lengua castellana y literatura (código 004).
‒ Geografía e Historia (código 005).
‒ Matemáticas (código 006).
‒ Física y Química (código 007).
‒ Biología y Geología (código 008).
‒ Francés (código 010).
‒ Inglés (código 011).
‒ Tecnología (código 019).
‒ Informática (código 107).
Documentos para la justificación de requisitos de participación:
Documentación
Tercero a.
Para justificar el cuerpo de pertenencia o los cuerpos de pertenencia y la o las especialidades se deberá presentar una hoja
de servicios y, si esta información no figurara en ella, se deberá presentar el título de funcionario de carrera y/o la credencial
de adquisición de nuevas especialidades expedida por la Administración educativa correspondiente.
Tercero c.
Hoja u hojas de servicios expedidas por las Administraciones educativas correspondientes o certificado de la dirección del
centro educativo privado visado por la inspección educativa en la que figuren los meses en los que ha ejercido la docencia y
la etapa educativa.
cve: BOE-A-2023-13181
Verificable en https://www.boe.es
Especialidades.
‒ Lengua extranjera: inglés (código 032).
‒ Lengua extranjera: francés (código 033).
‒ Pedagogía terapéutica (código 036).
‒ Audición y Lenguaje (código 037).
‒ Primaria (código 038).
Cuerpo de Catedráticos o Profesores de Enseñanza Secundaria