I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Servidumbres aeronáuticas. Navegación aérea. (BOE-A-2023-13092)
Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de protección de la navegación aérea, y se modifica el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 77959
Radio de la zona de
seguridad (m)
Radio exterior de la
superficie de limitación
de alturas (m)
Pendiente de la
superficie de limitación
de alturas (%)
Pendiente mínima de la
superficie de limitación
de alturas (%)
Antena VDB del Sistema de Aumentación
Basado en Tierra (GBAS).
300
3.000
1,57
–
Antena de Estación Monitora VDB.
400
3.000
5,24
–
Antena de comunicación de datos vía satélite
(VSAT).
10
400
70
–
Instalaciones no direccionales de ayuda a la
navegación aérea
C.
Vigilancia.
1. La zona de seguridad y la superficie de limitación de alturas para las
instalaciones de vigilancia no direccionales tendrán las geometrías definidas en el
capítulo A, apartados 1 y 2, pero con las dimensiones establecidas en la Tabla 11.
2. En caso de considerarse necesario se podrá sectorizar la superficie de limitación
de alturas de los radares estableciendo diferentes pendientes en cada sector, como se
muestra en la Figura 12.
Dimensiones para instalaciones de vigilancia no direccionales
Radio de la zona de
seguridad (m)
Radio exterior de la
superficie de limitación
de alturas (m)
Pendiente de la
superficie de limitación
de alturas (%)
Pendiente mínima de la
superficie de limitación
de alturas (%)
Sistema de Vigilancia Dependiente
Automática ADS-B para vigilancia de
aeronaves en vuelo.
300
3.000
3,00
1,75
Antenas de Sistemas de Multilateración
(MLAT) para vigilancia de aeronaves en
vuelo.
300
3.000
3,00
1,75
Radar de Vigilancia Primario (PSR).
300
5.000
2,00
-5,00
Radar de Vigilancia Secundario (SSR).
300
5.000
2,00
-5,00
Instalaciones no direccionales de vigilancia
cve: BOE-A-2023-13092
Verificable en https://www.boe.es
Tabla 11.
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 77959
Radio de la zona de
seguridad (m)
Radio exterior de la
superficie de limitación
de alturas (m)
Pendiente de la
superficie de limitación
de alturas (%)
Pendiente mínima de la
superficie de limitación
de alturas (%)
Antena VDB del Sistema de Aumentación
Basado en Tierra (GBAS).
300
3.000
1,57
–
Antena de Estación Monitora VDB.
400
3.000
5,24
–
Antena de comunicación de datos vía satélite
(VSAT).
10
400
70
–
Instalaciones no direccionales de ayuda a la
navegación aérea
C.
Vigilancia.
1. La zona de seguridad y la superficie de limitación de alturas para las
instalaciones de vigilancia no direccionales tendrán las geometrías definidas en el
capítulo A, apartados 1 y 2, pero con las dimensiones establecidas en la Tabla 11.
2. En caso de considerarse necesario se podrá sectorizar la superficie de limitación
de alturas de los radares estableciendo diferentes pendientes en cada sector, como se
muestra en la Figura 12.
Dimensiones para instalaciones de vigilancia no direccionales
Radio de la zona de
seguridad (m)
Radio exterior de la
superficie de limitación
de alturas (m)
Pendiente de la
superficie de limitación
de alturas (%)
Pendiente mínima de la
superficie de limitación
de alturas (%)
Sistema de Vigilancia Dependiente
Automática ADS-B para vigilancia de
aeronaves en vuelo.
300
3.000
3,00
1,75
Antenas de Sistemas de Multilateración
(MLAT) para vigilancia de aeronaves en
vuelo.
300
3.000
3,00
1,75
Radar de Vigilancia Primario (PSR).
300
5.000
2,00
-5,00
Radar de Vigilancia Secundario (SSR).
300
5.000
2,00
-5,00
Instalaciones no direccionales de vigilancia
cve: BOE-A-2023-13092
Verificable en https://www.boe.es
Tabla 11.