I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2023-13091)
Orden EFP/547/2023, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 77913

ANEXO V
Información sobre Protección de Datos
1.

Responsable del tratamiento de sus datos.

– Responsable: Ministerio de Educación y Formación Profesional, D. G. de
Planificación y Gestión Educativa. Contacto: S. G. de Centros, Inspección y Programas,
cip@educacion.gob.es
– Domicilio social: C/ Los Madrazo, 15-17, 28014, Madrid
– Contacto Delegado de Protección de Datos: dpd@educacion.gob.es
2. ¿En qué Actividades de Tratamiento están incluidos mis datos personales y con
qué fines se tratarán?
– Provisión de puestos de trabajo de personal en centros docentes públicos no
universitarios.
– En cumplimiento de lo establecido por el Reglamento (UE) 2016/679, de
Protección de Datos Personales, sus datos serán tratados para las siguientes
finalidades:
Selección de directores o directoras de centros docentes públicos no universitarios
en Ceuta y Melilla dependientes del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
3.

¿Cuál es la legitimación en la cual se basa la licitud del tratamiento?

– Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
– Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (EBEP).
– Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la
adolescencia frente a la violencia.
– Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre por el que se regula el Registro
Central de Delincuentes Sexuales.
– Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), artículo 6.1 c) el
tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al
responsable del tratamiento. 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de
una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos
al responsable del tratamiento.

Puede ejercitar, si lo desea, los derechos de acceso, rectificación y supresión de
datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse
al mismo, solicitar en su caso la portabilidad de sus datos, así como a no ser objeto de
una decisión individual basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la
elaboración de perfiles.
Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el RGPD (UE) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, puede ejercitar sus derechos mediante una comunicación dirigida al
órgano responsable del tratamiento de los datos, que en el caso de los empleados
públicos deberá hacerse en todo caso a través de la sede electrónica del Departamento
en el siguiente enlace: https://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/
catalogo/varios/proteccion-datos.html, haciendo constar la referencia «Ejercicio de
derechos de protección de datos».

cve: BOE-A-2023-13091
Verificable en https://www.boe.es

4. ¿Cómo ejercer sus derechos? ¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus
datos?