I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2023-13091)
Orden EFP/547/2023, de 29 de mayo, por la que se modifica la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 77912

ANEXO IV
Proyecto de dirección
Contenido mínimo y puntuación.

Apartados del proyecto

Presentación y fundamentación del proyecto.

Puntuación
máxima

1,5

Criterios de valoración

a) Estructura del proyecto. Marco institucional de la dirección,
fundamentación normativa.
b) Estilo de dirección, valores que se quieren potenciar.
c) Viabilidad del proyecto.
d) Inclusión de la propuesta de equipo directivo.

Análisis del contexto y de las necesidades del centro.

2

a) Análisis de las características más relevantes del centro.
b) Identificación de los puntos fuertes y los débiles del funcionamiento y los
resultados del centro.
c) Adecuación del proyecto al contexto general del centro (alumnado,
familias, profesorado, recursos e instalaciones).
d) Diagnóstico de necesidades de mejora.

Objetivos.

2

a) Idoneidad y viabilidad de los objetivos que se proponen.
b) Correspondencia entre éstos y las necesidades del centro.

3

a) Coherencia con los objetivos propuestos.
b) Idoneidad y viabilidad de las propuestas, entre otras las relacionadas
con:
– Planes dirigidos a la mejora de los resultados académicos, de
convivencia y absentismo.
– Medidas dirigidas a la mejora e innovación educativa, en relación con
el proceso de enseñanza y aprendizaje, con los idiomas, con el uso de las
tecnologías de la información y la comunicación y con los hábitos deportivos
y saludables.
– Medidas dirigidas a lograr el éxito de todo el alumnado teniendo en
cuenta su diversidad, con especial atención al alumnado más vulnerable y
con mayores dificultades.
– Estrategias para fomento de la igualdad entre mujeres y hombres, no
discriminación y prevención de la violencia de género.
– Estrategias de relación con el entorno del centro en una doble
dirección, facilitando los recursos del centro para el uso comunitario y
aprovechando todas las posibilidades que pueda brindar el entorno instalaciones, tejido asociativo, colaboración con las instituciones, etc.
– Medidas para favorecer la convivencia, la participación de la
comunidad educativa en el centro y la adecuada gestión de los recursos.
– Desarrollo de proyectos de formación e innovación.

Planes y líneas concretas de actuación para conseguir
los objetivos, incluyendo necesariamente, entre otras,
medidas dirigidas a la mejora de los resultados
académicos, de convivencia y absentismo, a la
innovación educativa, estrategias para el fomento de la
igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación
y la prevención de la violencia de género, y estrategias
de relación con el entorno del centro.

Evaluación y seguimiento del Proyecto.

2.

1,5

a) Concreción de los procedimientos de seguimiento y evaluación.
b) Previsión de una evaluación periódica del proyecto de dirección, de los
objetivos y de las actuaciones propuestas.
c) Temporalización e indicadores.

Requisitos formales:

Extensión máxima de 30 páginas (incluidos los posibles anexos), en DIN A-4 por una
sola cara, con interlineado sencillo y tipos de letra Times New Roman 12 puntos o
Arial 11 puntos.
3.

Criterios de valoración generales:

Las Comisiones de selección tendrán en cuenta la calidad del proyecto, la
originalidad de su contenido, el dominio y fluidez en la exposición y el coloquio, y el
cumplimiento de los elementos de contenido y formales del proyecto.

cve: BOE-A-2023-13091
Verificable en https://www.boe.es

1.