III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13173)
Moción relativa a la financiación, la actividad económico-financiera y el control de las formaciones políticas y de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
16
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78496
Tribunal de Cuentas
transparencia y que pueda verificarse adecuadamente el origen de los fondos y el cumplimiento de
los requisitos establecidos en la normativa.
Propuesta:
10. Se considera conveniente especificar en la normativa reguladora de los partidos políticos
las condiciones básicas en las que haya de realizarse la recaudación y el ingreso de los
recursos económicos de los partidos políticos previstos en el artículo 2.Dos.b) de la LOFPP,
así como los extremos que han de acreditarse para su justificación, siendo así que no
existen tales previsiones respecto de algunos de ellos, tales como los derivados de actos
promocionales y de la venta de merchandising así como de participaciones de lotería o rifas.
III.1.5.- La financiación privada de las fundaciones y demás entidades vinculadas o
dependientes de las formaciones políticas
Con objeto de reforzar la supervisión y la transparencia de la financiación privada de las fundaciones
y demás entidades vinculadas o dependientes de las formaciones políticas, la Ley Orgánica 3/2015
modificó la DA 7ª de la LOFPP estableciendo que “las aportaciones que reciban las fundaciones y
entidades vinculadas a partidos políticos o dependientes de ellos estarán sometidas a los
mecanismos de fiscalización y control, y al régimen sancionador previstos, respectivamente, en los
títulos V y VI -de la mencionada Ley- sin perjuicio de las normas propias que les sean de aplicación”.
Asimismo, somete a las donaciones a los límites y requisitos previstos en el capítulo segundo del
título II de la LOFPP, si bien con dos importantes excepciones: podrán superar el límite de 50.000
euros establecido para las donaciones procedentes de una misma persona física y podrán aceptar
donaciones de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica.
Teniendo en consideración que las fundaciones podrían realizar de uno u otro modo aportaciones
económicas a los partidos políticos, en la medida en que pueden hacerse cargo en la práctica de
ciertos gastos de aquellos, y habida cuenta de que un buen número de fundaciones y entidades
tienen como objeto social complementar el trabajo del partido político correspondiente en diversos
campos (organización y realización de estudios, publicaciones, eventos, etc.), e incluso en
ocasiones comparten instalaciones e infraestructuras con ellos, el referido régimen jurídico
asimétrico en dos puntos relevantes de su financiación puede producir interferencias y debilidades
en la secuencia de su control.
En la siguiente tabla se ofrece la evolución del total de las donaciones de personas jurídicas que
han contabilizado las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos
en los últimos ejercicios:
Donaciones de personas jurídicas a fundaciones y entidades vinculadas o
dependientes de los partidos políticos (en euros)
Total de donaciones
de personas
jurídicas
Total de donaciones
y aportaciones
%
2013
2.411.506,00
4.506.852,70
53,51
2014
2.321.664,06
5.256.946,92
44,16
2015
2.321.664,06
5.319.491,56
43,64
2016
927.074,57
3.684.437,00
25,16
2017
304.587,98
2.683.651,81
11,35
2018
591.025,60
1.832.187,89
32,26
cve: BOE-A-2023-13173
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transparencia y que pueda verificarse adecuadamente el origen de los fondos y el cumplimiento de
los requisitos establecidos en la normativa.
Propuesta:
10. Se considera conveniente especificar en la normativa reguladora de los partidos políticos
las condiciones básicas en las que haya de realizarse la recaudación y el ingreso de los
recursos económicos de los partidos políticos previstos en el artículo 2.Dos.b) de la LOFPP,
así como los extremos que han de acreditarse para su justificación, siendo así que no
existen tales previsiones respecto de algunos de ellos, tales como los derivados de actos
promocionales y de la venta de merchandising así como de participaciones de lotería o rifas.
III.1.5.- La financiación privada de las fundaciones y demás entidades vinculadas o
dependientes de las formaciones políticas
Con objeto de reforzar la supervisión y la transparencia de la financiación privada de las fundaciones
y demás entidades vinculadas o dependientes de las formaciones políticas, la Ley Orgánica 3/2015
modificó la DA 7ª de la LOFPP estableciendo que “las aportaciones que reciban las fundaciones y
entidades vinculadas a partidos políticos o dependientes de ellos estarán sometidas a los
mecanismos de fiscalización y control, y al régimen sancionador previstos, respectivamente, en los
títulos V y VI -de la mencionada Ley- sin perjuicio de las normas propias que les sean de aplicación”.
Asimismo, somete a las donaciones a los límites y requisitos previstos en el capítulo segundo del
título II de la LOFPP, si bien con dos importantes excepciones: podrán superar el límite de 50.000
euros establecido para las donaciones procedentes de una misma persona física y podrán aceptar
donaciones de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica.
Teniendo en consideración que las fundaciones podrían realizar de uno u otro modo aportaciones
económicas a los partidos políticos, en la medida en que pueden hacerse cargo en la práctica de
ciertos gastos de aquellos, y habida cuenta de que un buen número de fundaciones y entidades
tienen como objeto social complementar el trabajo del partido político correspondiente en diversos
campos (organización y realización de estudios, publicaciones, eventos, etc.), e incluso en
ocasiones comparten instalaciones e infraestructuras con ellos, el referido régimen jurídico
asimétrico en dos puntos relevantes de su financiación puede producir interferencias y debilidades
en la secuencia de su control.
En la siguiente tabla se ofrece la evolución del total de las donaciones de personas jurídicas que
han contabilizado las fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos
en los últimos ejercicios:
Donaciones de personas jurídicas a fundaciones y entidades vinculadas o
dependientes de los partidos políticos (en euros)
Total de donaciones
de personas
jurídicas
Total de donaciones
y aportaciones
%
2013
2.411.506,00
4.506.852,70
53,51
2014
2.321.664,06
5.256.946,92
44,16
2015
2.321.664,06
5.319.491,56
43,64
2016
927.074,57
3.684.437,00
25,16
2017
304.587,98
2.683.651,81
11,35
2018
591.025,60
1.832.187,89
32,26
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