III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-13018)
Resolución 420/38215/2023, de 23 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para la creación de la escuela infantil "Base San Jorge" en la Base San Jorge de Zaragoza, y la creación de la escuela infantil "Sancho Ramírez", en el Acuartelamiento Sancho Ramírez de Huesca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Jueves 1 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 76261

El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de
extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente convenio la Información Clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Con respecto a los datos de carácter personal a que las partes puedan acceder
durante la ejecución del convenio, se comprometen a utilizar dichos datos conforme a
lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679, de 27
de abril, y demás normativa de desarrollo y se comprometen a cumplir las exigencias
previstas en aquellas normas respecto de los datos personales de que dispongan.
Especialmente, las partes no aplicarán estos datos ni los utilizarán para finalidades
distintas a la prestación objeto del presente convenio y no los comunicarán, ni siquiera
para su conservación, a otras personas físicas o jurídicas, excepto en los casos
previstos legalmente.
La documentación de cada actividad particular que se realice al amparo del presente
convenio incluirá la cláusula correspondiente al tratamiento concreto de protección de
datos de carácter personal de las partes, especificando en ella lo legalmente requerido.
Undécima.

Legislación aplicable y jurisdicción competente.

Este convenio es de naturaleza administrativa, rigiéndose por lo dispuesto en el título
preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
En todo caso, las controversias que pudieran surgir, sin perjuicio de las facultades de
la Comisión Mixta de Seguimiento para resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento del convenio, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, serán de conocimiento y
competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

cve: BOE-A-2023-13018
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y la fecha anteriormente
indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor del Ejército de
Tierra, Amador Enseñat y Berea.–Por el Gobierno de Aragón, el Consejero de
Educación, Cultura y Deporte, Felipe Faci Lázaro.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X