III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13062)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Nueva Era Solar M&D IV, SL, autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica Cabra 0, de 226,44 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Montemayor, Espejo, Castro del Río, y Cabra (Córdoba).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76670
Universidades de la Junta de Andalucía; ni de Endesa SA, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación, el 14 de abril de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado», el 20 de abril de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Córdoba», el 16 de abril del 2020 en el «Diario de Córdoba» y exposición al público en
los Ayuntamientos de Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra. Se recibieron
alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Con fecha 6 de julio de 2021, el promotor solicitó subsanación del procedimiento de
declaración, en concreto, de utilidad pública de las infraestructuras comunes de
evacuación, presentando una adenda donde se añaden nuevos bienes y derechos
afectados no incluidos inicialmente, relativos a la Subestación Cabra 400 kV y a algunos
caminos de acceso en Castro del Río.
La solicitud fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, con la publicación, el 14 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial
del Estado», el 20 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba»,
el 14 de julio de 2021 en el «Diario de Córdoba» y exposición al público en los
Ayuntamientos de Castro del Río y Cabra. No se recibieron alegaciones.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General Planificación y
Recursos Hídricos y a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático,
ambas pertenecientes a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía; a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Dirección General
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía; a la Dirección General de
Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Administración Pública
e Interior de la Junta de Andalucía; a la Dirección General de Patrimonio Histórico y
Documental de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía;
a la Dirección General del Medio Natural Biodiversidad y Espacios Protegidos de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Andalucía; a la Dirección General de Infraestructuras del Agua de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía; a la
Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife), y a Ecologistas en Acción.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Córdoba emitió los respectivos informes en fecha 29 de julio de 2021 y 21 de octubre
de 2021.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y de su infraestructura de evacuación asociada, junto a
su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración
de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución de 16 de diciembre
de 2022 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen
las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, y que ha sido
debidamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 309 de 26 de diciembre
de 2022.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
cve: BOE-A-2023-13062
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76670
Universidades de la Junta de Andalucía; ni de Endesa SA, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación, el 14 de abril de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado», el 20 de abril de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Córdoba», el 16 de abril del 2020 en el «Diario de Córdoba» y exposición al público en
los Ayuntamientos de Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra. Se recibieron
alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Con fecha 6 de julio de 2021, el promotor solicitó subsanación del procedimiento de
declaración, en concreto, de utilidad pública de las infraestructuras comunes de
evacuación, presentando una adenda donde se añaden nuevos bienes y derechos
afectados no incluidos inicialmente, relativos a la Subestación Cabra 400 kV y a algunos
caminos de acceso en Castro del Río.
La solicitud fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, con la publicación, el 14 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial
del Estado», el 20 de julio de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba»,
el 14 de julio de 2021 en el «Diario de Córdoba» y exposición al público en los
Ayuntamientos de Castro del Río y Cabra. No se recibieron alegaciones.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General Planificación y
Recursos Hídricos y a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático,
ambas pertenecientes a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía; a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Dirección General
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía; a la Dirección General de
Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Administración Pública
e Interior de la Junta de Andalucía; a la Dirección General de Patrimonio Histórico y
Documental de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía;
a la Dirección General del Medio Natural Biodiversidad y Espacios Protegidos de la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Andalucía; a la Dirección General de Infraestructuras del Agua de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía; a la
Sociedad Española de Ornitología (SEO/Birdlife), y a Ecologistas en Acción.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno
en Córdoba emitió los respectivos informes en fecha 29 de julio de 2021 y 21 de octubre
de 2021.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y de su infraestructura de evacuación asociada, junto a
su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración
de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución de 16 de diciembre
de 2022 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA), en la que se establecen
las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, y que ha sido
debidamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 309 de 26 de diciembre
de 2022.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
cve: BOE-A-2023-13062
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130