III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Trabajo autónomo. (BOE-A-2023-13034)
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de junio de 2022, por el que se aprueba la Estrategia Nacional de Impulso del Trabajo Autónomo (ENDITA) 2022-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 76434

Medidas recogidas en ENDITA

Ministerios y organismos implicados

Medidas orientadas al diseño de
planes de emprendimiento
específicos.

a) Valorar nuevos diseños y programas de fomento u orientación hacia el trabajo autónomo destinados específicamente a mujeres, considerando adecuado que los
contenidos de dichos programas pudiesen ser objeto regular de evaluación de cara a estimar su impacto y medidas de mejora.

Medidas de información y
concienciación.

b) Fomentar el diseño de campañas de información orientadas a los colectivos contemplados en las que se informe de los recursos disponibles.
c) Difundir casos de buenas prácticas.
d) Fomentar también medidas de acción positiva cuando sea necesario y facilitar la participación de las mujeres y de las empresas propiedad o lideradas por
mujeres. Todo ello implica una recogida de datos segregados por sexo, para que se tenga conocimiento claro de la situación de partida y se puedan marcar unos
objetivos realistas a los que se pretenda llegar.

Medidas de financiación y apoyo
económico.

e) Analizar las dificultades que sufren las mujeres en la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo y valorar las ventajas de establecer incentivos y ayudas
directas–en colaboración con las Comunidades autónomas–, incluida la creación de PYMES.
f) Promover, en el ámbito de Seguridad Social, el aprovechamiento del impulso del emprendimiento femenino para la lucha contra la brecha de género en el acceso
al empleo, especialmente en pequeños núcleos de población. Para ello, se analizarán también las directrices de órganos expertos de la administración tales como la
AIREF que puedan resultar afectadas.
g) Promover medidas que faciliten el acceso en igualdad de condiciones a las fuentes de financiación, como pueden ser las líneas de financiación preferentes para
mujeres trabajadoras autónomas, mediante, por ejemplo, acuerdos entre las Administraciones públicas y entidades financieras.
h) Potenciar las ayudas de digitalización para la distribución y apertura a mercados online de venta de productos locales (integración en redes, cooperativas).
i) Analizar y diagnosticar las dificultades de las mujeres que deciden iniciar su propio negocio para acceder a la financiación adecuada; así como diseñar
propuestas que contribuyan a remover obstáculos en el acceso a esta financiación.

Medidas de orientación y
acompañamiento.

j) Promover servicios de asesoramiento y acompañamiento orientados específicamente a mujeres.
k) Analizar la conveniencia de implantar servicios especializados y adaptados a las diferentes etapas del emprendimiento, que orienten acerca de los requisitos y
ayuden con los trámites administrativos, faciliten la búsqueda de fuentes de financiación y programas de formación adaptados, informen de los riesgos que comporta
toda actividad de emprendimiento, etc.

Medidas de formación.

l) Apoyar los planes de formación y especialización dirigidas a mujeres emprendedoras.

Línea de actuación

6.4 Fomento de las redes en las trabajadoras autónomas.

– Ministerio de Trabajo y Economía Social.
– Ministerio de Igualdad.
– Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones.
– Ministerio de Hacienda y Función Pública.
– Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital.
– Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
– Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
– Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana.
– Ministerio de Cultura y Deporte.
– Ministerio de Derechos Sociales y Agenda
2030.
– Ministerio de Educación y Formación
Profesional.
– Fundación Estatal para la Formación en el
Empleo (FUNDAE)  Comunidades Autónomas.
– Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Motivación

En el trabajo autónomo es frecuente la colaboración profesional y esta puede producirse a través de redes informales o a través de redes formales que supongan materialización
de autoempleo colectivo (cooperativas de trabajo asociado, sociedades laborales). El apoyo a la creación de espacios de encuentro (networking) que faciliten las redes en los
autónomos y autónomas puede, además, servir a otros ejes de esta, pero es especialmente idóneo entre las medidas dirigidas a la igualdad de género pues tradicionalmente las
mujeres autónomas han tenido mayores dificultades de creación de estas redes de forma espontánea. La pertenencia a una red o grupo facilita la retroalimentación de
experiencias, el desarrollo de ideas, pero también la sociabilidad y la superación de la sensación de aislamiento y soledad que podría derivar en patologías (entre los riesgos
psico-sociales de los trabajadores y trabajadoras autónomas). En este sentido, es importante otorgar especial atención a las redes de colaboración en las zonas rurales y en los
municipios de menor población.

cve: BOE-A-2023-13034
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Núm. 130