III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13055)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Andrea, de 229,95 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Antas (Almería).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76603
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Andrea, de
229,95 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en
Antas (Almería).
Enel Green Power España, SL (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 30 de
noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica
Andrea con una potencia instalada de 229,95 MW, y su infraestructura de evacuación, en
los términos municipales de Antas y Huércal-Overa, provincia de Almería.
Con fecha 28 de abril de 2021, subsanada el 28 de mayo de 2021, el promotor
presentó nueva solicitud de autorización administrativa previa, declaración, en concreto,
de utilidad pública y autorización administrativa de construcción de la instalación
fotovoltaica Andrea, de 249,50 MWp y 229,95 MWn, reubicada en el término municipal
de Antas, en la provincia de Almería, y de la infraestructura de evacuación, que consiste
en la subestación eléctrica Andrea 33/132 kV, la línea de 132 kV y la subestación
Colectora Ribina 132/400 kV y la línea de 400 kV, ubicadas en el término municipal de
Antas, provincia de Almería.
El expediente fue incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Almería y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Dirección General de
Infraestructuras del Ministerio de Defensa y de la Demarcación de Costas (AndalucíaMediterráneo) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(MITERD). Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su
conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones del Ayuntamiento de Antas, del Departamento de
Carreteras de la Diputación Provincial de Almería, de la Demarcación de Carreteras de
Andalucía Oriental del Ministerio de Fomento y de la Dirección General de Planificación y
Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía, donde se muestran condicionantes a la ejecución
de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de la Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería
de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de
Andalucía, señalando que existen parcelas en las cuales existen derechos mineros, tanto
caducados como vigentes. Asimismo, destacan que las medidas correctoras
contempladas en el proyecto están sobre superficies mineras. Se da traslado al
promotor, el cual alega que, en el caso de la concesión minera caducada, se ha
solicitado declaración de utilidad pública, gozando de prioridad ante un futuro concurso.
cve: BOE-A-2023-13055
Verificable en https://www.boe.es
13055
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76603
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Enel Green Power España, SL,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Andrea, de
229,95 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en
Antas (Almería).
Enel Green Power España, SL (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 30 de
noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica
Andrea con una potencia instalada de 229,95 MW, y su infraestructura de evacuación, en
los términos municipales de Antas y Huércal-Overa, provincia de Almería.
Con fecha 28 de abril de 2021, subsanada el 28 de mayo de 2021, el promotor
presentó nueva solicitud de autorización administrativa previa, declaración, en concreto,
de utilidad pública y autorización administrativa de construcción de la instalación
fotovoltaica Andrea, de 249,50 MWp y 229,95 MWn, reubicada en el término municipal
de Antas, en la provincia de Almería, y de la infraestructura de evacuación, que consiste
en la subestación eléctrica Andrea 33/132 kV, la línea de 132 kV y la subestación
Colectora Ribina 132/400 kV y la línea de 400 kV, ubicadas en el término municipal de
Antas, provincia de Almería.
El expediente fue incoado en la Dependencia de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Almería y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de la Dirección General de
Infraestructuras del Ministerio de Defensa y de la Demarcación de Costas (AndalucíaMediterráneo) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(MITERD). Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su
conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestaciones del Ayuntamiento de Antas, del Departamento de
Carreteras de la Diputación Provincial de Almería, de la Demarcación de Carreteras de
Andalucía Oriental del Ministerio de Fomento y de la Dirección General de Planificación y
Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible de la Junta de Andalucía, donde se muestran condicionantes a la ejecución
de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe de la Secretaría General de Industria y Minas de la Consejería
de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de
Andalucía, señalando que existen parcelas en las cuales existen derechos mineros, tanto
caducados como vigentes. Asimismo, destacan que las medidas correctoras
contempladas en el proyecto están sobre superficies mineras. Se da traslado al
promotor, el cual alega que, en el caso de la concesión minera caducada, se ha
solicitado declaración de utilidad pública, gozando de prioridad ante un futuro concurso.
cve: BOE-A-2023-13055
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