III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13054)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Boyante Solar, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Boyante Solar, de 50,75 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Albolote (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76594
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Boyante Solar, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Boyante Solar, de 50,75
MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Albolote
(Granada).
Boyante Solar, SL (en adelante el promotor), solicitó, con fecha 16 de noviembre
de 2020, subsanada posteriormente en mayo de 2021, autorización administrativa previa
y declaración de impacto ambiental de la planta solar fotovoltaica Boyante Solar,
de 62,50 MW en módulos fotovoltaicos y 50,75 MW en inversores, y sus Infraestructuras
de evacuación.
Esta Dirección General, con fecha 3 de diciembre de 2020, dicta acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización
administrativa previa de las plantas fotovoltaicas de Baluma Solar y Boyante Solar,
ambas de 50,75 MW de potencia instalada, así como sus infraestructuras de evacuación
asociadas, en la provincia de Granada.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Granada, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación, de la que no se desprende oposición, del Ayuntamiento
de Moclín. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de Enagás Transporte SAU, del Servicio de
Carreteras de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y de Telefónica de
España, SAU, informando favorablemente, pero estableciendo una serie de
condicionados técnicos. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el
cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Albolote, que muestra su disconformidad
en relación, tanto al trazado de la línea aérea de evacuación, que forma parte del
expediente PFot-302 «Baluma Solar», como al impacto medioambiental del proyecto que
es objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria para el cual se ha
resuelto la Declaración de Impacto Ambiental y las condiciones y medidas adicionales
que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Trasladado
dicho informe al promotor, éste manifiesta su reparo al mismo.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Atarfe, que manifiesta que existe un
tramo del trazado de la línea aérea de evacuación que resulta incompatible con la
ordenación territorial y, concretamente, con el Plan de Ordenación del Territorio de la
cve: BOE-A-2023-13054
Verificable en https://www.boe.es
13054
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76594
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Boyante Solar, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Boyante Solar, de 50,75
MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Albolote
(Granada).
Boyante Solar, SL (en adelante el promotor), solicitó, con fecha 16 de noviembre
de 2020, subsanada posteriormente en mayo de 2021, autorización administrativa previa
y declaración de impacto ambiental de la planta solar fotovoltaica Boyante Solar,
de 62,50 MW en módulos fotovoltaicos y 50,75 MW en inversores, y sus Infraestructuras
de evacuación.
Esta Dirección General, con fecha 3 de diciembre de 2020, dicta acuerdo de
acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de autorización
administrativa previa de las plantas fotovoltaicas de Baluma Solar y Boyante Solar,
ambas de 50,75 MW de potencia instalada, así como sus infraestructuras de evacuación
asociadas, en la provincia de Granada.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Granada, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación, de la que no se desprende oposición, del Ayuntamiento
de Moclín. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de Enagás Transporte SAU, del Servicio de
Carreteras de la Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y de Telefónica de
España, SAU, informando favorablemente, pero estableciendo una serie de
condicionados técnicos. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el
cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Albolote, que muestra su disconformidad
en relación, tanto al trazado de la línea aérea de evacuación, que forma parte del
expediente PFot-302 «Baluma Solar», como al impacto medioambiental del proyecto que
es objeto del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria para el cual se ha
resuelto la Declaración de Impacto Ambiental y las condiciones y medidas adicionales
que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Trasladado
dicho informe al promotor, éste manifiesta su reparo al mismo.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Atarfe, que manifiesta que existe un
tramo del trazado de la línea aérea de evacuación que resulta incompatible con la
ordenación territorial y, concretamente, con el Plan de Ordenación del Territorio de la
cve: BOE-A-2023-13054
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