III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13048)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iberenova Promociones, SA, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Cofrentes I, de 154,665 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Ayora, Zarra, Cofrentes, Jarafuel y Jalance (Valencia).
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76543
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
En la formulación de la DIA el órgano ambiental ha tenido en cuenta las
modificaciones del proyecto que se han producido en respuesta a los requerimientos
expuestos en informes y alegaciones recibidos durante la tramitación del proyecto y, en
particular, las adendas a los proyectos presentadas con fecha 7 de junio de 2021, con
modificaciones en la ubicación de los apoyos y trazado de las líneas de evacuación –
línea área de alta tensión 132 kV ST La Oliva 30/132 kV-ST Cofrentes
Renovables 400/132kV y línea área de alta tensión 400 kV ST Cofrentes Renovables SE Cofrentes 400 KV (REE), conforme descrito anteriormente en la presente resolución.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto se atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y
medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– La línea de evacuación de 132 kV se proyectará soterrada en el tramo entre los
apoyos 33 y 44 (apartado 2.4.5).
– Las estructuras de los paneles se proyectarán en zonas con pendientes
preferiblemente inferiores al 10 % y nunca en fondo de vaguadas (apartado 2.1.5).
– Se retirarán las instalaciones de media-alta tensión de la planta de las zonas de
flujo preferente (2.2.16).
– Las zonas donde la pendiente sea mayor del 25 % se deberán dejar libres de
cualquier obstáculo (apartado 2.2.17).
– La disposición de las placas solares deberá acompañar las curvas de nivel
(apartado 2.2.19).
– Se garantizará la no afección por la línea de evacuación a formaciones vegetales
de ribera (apartado 2.3.8).
– Se estará a lo dispuesto en la Directriz 52 de la Estrategia Territorial de la
Comunidad Valenciana en lo relativo a la separación del vallado de carreteras, caminos,
suelo forestal y otros elementos relevantes (apartado 2.6.4).
– Anexo del proyecto constructivo que incluya el diseño detallado del conjunto de
medidas adoptadas en cumplimiento de la DIA y del EsIA para la protección de la
vegetación, la flora y la fauna, que deberá contar con informe favorable del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valencia (apartado 1.2).
– Informe favorable del estudio de inundación emitido por la Consellería de Política
Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana (apartado 1.4).
– Plan de prevención de contaminación por derrames o vertidos accidentales y de
actuación urgente (apartado 2.1.1).
– Estudio hidrogeológico (apartado 2.2.5).
– Prospección botánica detallada en la parte que afecta a la ZEC «Valle de Ayora y
Sierra del Boquerón» para concretar los límites de las formaciones de Hábitats de Interés
Comunitario que puedan verse afectados, previamente al diseño del proyecto
constructivo del tendido eléctrico de 132 kV (apartado 2.3.1).
– Plan de Restauración para recuperar y revegetar el estado original de la zona de
implantación de la planta, en aquellas zonas afectadas por las obras que no vayan a ser
ocupadas de forma permanente (apartado 2.3.7).
– Plan de Restauración de la cubierta vegetal (apartado 2.3.9).
– Compensación de la superficie del HIC 1520* que resulte inevitablemente
afectada, dentro de la ZEC. Se deberá aportar informe favorable de la administración
gestora de la ZEC a la localización de la superficie de compensación y las labores de
restablecimiento en ellas, previo a la aprobación del proyecto de construcción
(apartado 2.3.12).
cve: BOE-A-2023-13048
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76543
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
En la formulación de la DIA el órgano ambiental ha tenido en cuenta las
modificaciones del proyecto que se han producido en respuesta a los requerimientos
expuestos en informes y alegaciones recibidos durante la tramitación del proyecto y, en
particular, las adendas a los proyectos presentadas con fecha 7 de junio de 2021, con
modificaciones en la ubicación de los apoyos y trazado de las líneas de evacuación –
línea área de alta tensión 132 kV ST La Oliva 30/132 kV-ST Cofrentes
Renovables 400/132kV y línea área de alta tensión 400 kV ST Cofrentes Renovables SE Cofrentes 400 KV (REE), conforme descrito anteriormente en la presente resolución.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto se atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y
medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– La línea de evacuación de 132 kV se proyectará soterrada en el tramo entre los
apoyos 33 y 44 (apartado 2.4.5).
– Las estructuras de los paneles se proyectarán en zonas con pendientes
preferiblemente inferiores al 10 % y nunca en fondo de vaguadas (apartado 2.1.5).
– Se retirarán las instalaciones de media-alta tensión de la planta de las zonas de
flujo preferente (2.2.16).
– Las zonas donde la pendiente sea mayor del 25 % se deberán dejar libres de
cualquier obstáculo (apartado 2.2.17).
– La disposición de las placas solares deberá acompañar las curvas de nivel
(apartado 2.2.19).
– Se garantizará la no afección por la línea de evacuación a formaciones vegetales
de ribera (apartado 2.3.8).
– Se estará a lo dispuesto en la Directriz 52 de la Estrategia Territorial de la
Comunidad Valenciana en lo relativo a la separación del vallado de carreteras, caminos,
suelo forestal y otros elementos relevantes (apartado 2.6.4).
– Anexo del proyecto constructivo que incluya el diseño detallado del conjunto de
medidas adoptadas en cumplimiento de la DIA y del EsIA para la protección de la
vegetación, la flora y la fauna, que deberá contar con informe favorable del Servicio
Territorial de Medio Ambiente de Valencia (apartado 1.2).
– Informe favorable del estudio de inundación emitido por la Consellería de Política
Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana (apartado 1.4).
– Plan de prevención de contaminación por derrames o vertidos accidentales y de
actuación urgente (apartado 2.1.1).
– Estudio hidrogeológico (apartado 2.2.5).
– Prospección botánica detallada en la parte que afecta a la ZEC «Valle de Ayora y
Sierra del Boquerón» para concretar los límites de las formaciones de Hábitats de Interés
Comunitario que puedan verse afectados, previamente al diseño del proyecto
constructivo del tendido eléctrico de 132 kV (apartado 2.3.1).
– Plan de Restauración para recuperar y revegetar el estado original de la zona de
implantación de la planta, en aquellas zonas afectadas por las obras que no vayan a ser
ocupadas de forma permanente (apartado 2.3.7).
– Plan de Restauración de la cubierta vegetal (apartado 2.3.9).
– Compensación de la superficie del HIC 1520* que resulte inevitablemente
afectada, dentro de la ZEC. Se deberá aportar informe favorable de la administración
gestora de la ZEC a la localización de la superficie de compensación y las labores de
restablecimiento en ellas, previo a la aprobación del proyecto de construcción
(apartado 2.3.12).
cve: BOE-A-2023-13048
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130