III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13046)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Envatios Promoción XXIII, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Envatios XXIII-Fase II, de 251,9 MW de potencia pico y 242,35 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Yepes, Numancia de La Sagra, Pantoja y Añover de Tajo (Toledo) y Torrejón de Velasco, Aranjuez, Parla y Pinto (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023

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por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación dentro del
alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
– Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la zona de implantación Yepes de la
instalación fotovoltaica con la subestación eléctrica SET Yepes 30/220 kV.
– La subestación eléctrica SET Yepes 30/220 kV.
– Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la zona de implantación Numancia de
la instalación fotovoltaica con la subestación eléctrica SET Numancia 30/220 kV.
– La subestación eléctrica SET Numancia 30/220 kV.
– Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la zona de implantación Torrejón de la
instalación fotovoltaica con la subestación eléctrica SET Envatios XIII 30/220 kV.
– La subestación eléctrica SET Envatios XXIII 30/220 kV.
– Línea aérea a 220 kV entre SET Yepes 30/220 kV y el Apoyo 31 de la línea a 220
kV Sagra I – Pinto Ayuden.
– Línea aérea de Entrada/Salida desde SET Numancia 30/220 kV hasta Apoyo 52
de la línea a 220 kV Sagra I-Pinto Ayuden.
– Línea aérea de Entrada/Salida desde SET Envatios XXIII 30/220 kV hasta
Apoyo 109 de la línea a 220 kV Sagra I-Pinto Ayuden.
– Línea aérea a 220 kV entre apoyo 134 de la línea a 220 kV Sagra I-Pinto Ayuden
hasta subestación eléctrica Pinto 220 kV (REE).
– Subestación de medida Pinto 220 kV.
Las infraestructuras de evacuación comunes (tramo AP31-AP134 de la línea a 220
kV Sagra I – Pinto Ayuden 220 de Red Eléctrica de España), no forman parte del alcance
de la presente resolución, y cuentan con autorización, tras la emisión de la Resolución
de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 17 de abril de 2023 por
la que se otorga a Mitra Gamma SLU. autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica Sagra II de 123 MW de potencia pico y 111 MW de potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Cobeja,
Alameda de la Sagra, Añover de Tajo, Pantoja, Numancia de la Sagra, Esquivias y Yeles
en la provincia de Toledo y Torrejón de Velasco, Pinto y Parla en la provincia de Madrid.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Con la documentación obrante en el expediente, se elaboró una propuesta de
resolución que se remitió a Envatios Promoción XXIII SL para realizar el correspondiente
trámite de audiencia previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitándose
además información en relación al cumplimiento del condicionado de la DIA.
Posteriormente, como respuesta a lo anterior, el promotor se mostró de acuerdo con la
propuesta emitida, aportando la información solicitada, que se incorpora al expediente.
La presente resolución ha tenido en cuenta las alegaciones presentadas por el promotor.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones
medioambientales exigibles.
El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de
transporte y distribución de energía eléctrica establece en su disposición transitoria

cve: BOE-A-2023-13046
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Núm. 130