III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13042)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Sabik Solar, SL, la autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica Guadame Solar 5, de 130,68 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Bujalance, El Carpio, Montoro y Córdoba (Córdoba).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76486
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en una nueva posición de
la subestación Guadame 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta conectará el
parque fotovoltaico con la red de transporte, en la subestación Guadame 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre:
– Con fecha 19 de abril de 2023, Mirzan Solar, S.L., Nunki Solar S.L., Alpha Centuri
Solar S.L., Gacrux Solar S.L. y Sabik Solar S.L., firmaron un acuerdo para la evacuación
conjunta y coordinada de las plantas fotovoltaicas Guadame Solar 1, Guadame Solar 2,
Guadame Solar 3, Guadame Solar 4 y Guadame Solar 5 en la Subestación Guadame
Solar 220/132/30 kV.
– Con fecha 16 de octubre de 2020, Mirzan Solar, S.L., Nunki Solar S.L., Alpha
Centuri Solar S.L., Gacrux Solar S.L., Sabik Solar S.L., Caletona Servicios y Gestiones
S.L., Generadora Eléctrica XI S.L., Generadora Eléctrica VI S.L., Generadora Eléctrica IV
S.L., firmaron un acuerdo de constitución de la Agrupación de Interés Económico
Guadame Renovables, participada por todos los titulares de instalaciones con permisos
de acceso y de conexión otorgados en la posición SE Guadame 220 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– 6 líneas de evacuación subterráneas a 30 kV desde la zona Norte de la planta
solar fotovoltaica Guadame Solar 5 hasta las celdas de entrada a 30 kV de la SET
Guadame Solar 220/132/30 kV.
– Centro de Seccionamiento de recogida de los circuitos a 30 kV de la zona Sur.
– Líneas de evacuación a 30 kV desde la zona Sur de la planta solar fotovoltaica
Guadame Solar 5:
● Línea subterránea con 2,7 km de longitud, desde el Centro de Seccionamiento 30
kV hasta el entronque A6.
● Línea soterrada con 2,799 km de longitud, desde el entronque A6 hasta el vértice
Z16.
● Línea aérea con 3,368 km de longitud, desde el vértice Z16 hasta la SET Guadame
Solar 220/132/30 kV.
– Subestación SET Guadame Solar 220/132/30 kV.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emitiera el correspondiente informe
teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con observaciones y documentación, que han sido analizadas y
parcialmente incorporadas en la resolución.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
cve: BOE-A-2023-13042
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76486
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en una nueva posición de
la subestación Guadame 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta conectará el
parque fotovoltaico con la red de transporte, en la subestación Guadame 220 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre:
– Con fecha 19 de abril de 2023, Mirzan Solar, S.L., Nunki Solar S.L., Alpha Centuri
Solar S.L., Gacrux Solar S.L. y Sabik Solar S.L., firmaron un acuerdo para la evacuación
conjunta y coordinada de las plantas fotovoltaicas Guadame Solar 1, Guadame Solar 2,
Guadame Solar 3, Guadame Solar 4 y Guadame Solar 5 en la Subestación Guadame
Solar 220/132/30 kV.
– Con fecha 16 de octubre de 2020, Mirzan Solar, S.L., Nunki Solar S.L., Alpha
Centuri Solar S.L., Gacrux Solar S.L., Sabik Solar S.L., Caletona Servicios y Gestiones
S.L., Generadora Eléctrica XI S.L., Generadora Eléctrica VI S.L., Generadora Eléctrica IV
S.L., firmaron un acuerdo de constitución de la Agrupación de Interés Económico
Guadame Renovables, participada por todos los titulares de instalaciones con permisos
de acceso y de conexión otorgados en la posición SE Guadame 220 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las
siguientes actuaciones:
– 6 líneas de evacuación subterráneas a 30 kV desde la zona Norte de la planta
solar fotovoltaica Guadame Solar 5 hasta las celdas de entrada a 30 kV de la SET
Guadame Solar 220/132/30 kV.
– Centro de Seccionamiento de recogida de los circuitos a 30 kV de la zona Sur.
– Líneas de evacuación a 30 kV desde la zona Sur de la planta solar fotovoltaica
Guadame Solar 5:
● Línea subterránea con 2,7 km de longitud, desde el Centro de Seccionamiento 30
kV hasta el entronque A6.
● Línea soterrada con 2,799 km de longitud, desde el entronque A6 hasta el vértice
Z16.
● Línea aérea con 3,368 km de longitud, desde el vértice Z16 hasta la SET Guadame
Solar 220/132/30 kV.
– Subestación SET Guadame Solar 220/132/30 kV.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emitiera el correspondiente informe
teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con observaciones y documentación, que han sido analizadas y
parcialmente incorporadas en la resolución.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
cve: BOE-A-2023-13042
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130