III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sistema gasista. (BOE-A-2023-13071)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se modifican las normas de gestión de garantías del sistema gasista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76738
Antes del quinto día hábil en la plaza de Madrid anterior al del vencimiento del aval,
(el titular de cuenta de garantías) deberá sustituir la garantía en vigor por una nueva
garantía ante el Gestor de Garantías de entre las permitidas en las Normas de Gestión
de Garantías del Sistema Gasista. Si transcurrido el quinto día hábil en la plaza de
Madrid anterior al vencimiento o no renovación de la presente garantía (el titular de
cuenta de garantías) no hubiese sustituido esta garantía por otra garantía de las
contempladas en las Normas de Gestión de Garantías del Sistema Gasista, el Gestor de
Garantías procederá a la ejecución de la presente garantía hasta el importe necesario
para cubrir las obligaciones del Titular de Cuenta de Garantías, de conformidad con lo
establecido en las Normas de Gestión de Garantías del Sistema Gasista.
La legislación española será de aplicación, con carácter exclusivo, para la
interpretación y ejecución de lo establecido en el presente documento.
............................ (entidad financiera) se somete a los juzgados y tribunales de
Madrid capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle,
para la resolución de cualquier controversia que en aplicación de la presente garantía
pudiera suscitarse.
Por …………………….................................................……
(entidad financiera)
Modelo 2.º de aval bancario
SOLO VÁLIDO PARA LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE LA GARANTÍA
..................., …… de ......................... de 20....
............................................ (Datos de la entidad financiera) con domicilio
en ................................................... y correo electrónico ………………........, representado
en este acto por don/doña ……..........................................................…. con facultades
suficientes para ello en virtud de ……………………………, de fecha ….....................
AVALA
De forma incondicional e irrevocable a …………................……. (el titular de cuenta
de garantías), como Titular de Cuenta de Garantías, ante MIBGAS S.A. (Gestor de
Garantías), como Gestor de Garantías, hasta el importe máximo de .................………
euros, para responder del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones
económicas contraídas por su participación y operaciones en el sistema gasista, de
conformidad con lo establecido en las Normas de Gestión de Garantías del Sistema
Gasista, incluyendo cuantos impuestos vigentes, intereses de demora, penalizaciones y
cuotas que fueran exigibles.
........................................ (entidad financiera) se constituye en obligado solidario con
el deudor principal al pago de todas las cantidades que fueran debidas por aquél en
virtud de lo establecido en el párrafo anterior, con renuncia expresa a los beneficios de
orden, excusión y, en su caso, división, y teniendo esta garantía carácter abstracto y por
tanto sin que el avalista pueda oponer excepción alguna para evitar el pago y en especial
ninguna derivada de relaciones subyacentes entre el avalista y avalado.
El pago se hará efectivo a primer requerimiento, contra la presentación por parte de
Gestor de Garantías al avalista de escrito por el que se comunica el incumplimiento del
avalado, indicando en el mismo la cuenta corriente donde deba efectuarse el pago
correspondiente, de tal forma que, en caso de que Gestor de Garantías exija el
desembolso al avalista, éste pueda hacerla efectiva en el plazo máximo del siguiente día
hábil a aquél en que requiera el pago del avalista.
La presente garantía extiende su vigencia hasta que Gestor de Garantías autorice su
cancelación/ hasta el .... de ..................... de 20…. inclusive, quedando nulo y sin efecto
después de esta última fecha, no siendo exigible al avalista, a partir de entonces,
cve: BOE-A-2023-13071
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130
Jueves 1 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 76738
Antes del quinto día hábil en la plaza de Madrid anterior al del vencimiento del aval,
(el titular de cuenta de garantías) deberá sustituir la garantía en vigor por una nueva
garantía ante el Gestor de Garantías de entre las permitidas en las Normas de Gestión
de Garantías del Sistema Gasista. Si transcurrido el quinto día hábil en la plaza de
Madrid anterior al vencimiento o no renovación de la presente garantía (el titular de
cuenta de garantías) no hubiese sustituido esta garantía por otra garantía de las
contempladas en las Normas de Gestión de Garantías del Sistema Gasista, el Gestor de
Garantías procederá a la ejecución de la presente garantía hasta el importe necesario
para cubrir las obligaciones del Titular de Cuenta de Garantías, de conformidad con lo
establecido en las Normas de Gestión de Garantías del Sistema Gasista.
La legislación española será de aplicación, con carácter exclusivo, para la
interpretación y ejecución de lo establecido en el presente documento.
............................ (entidad financiera) se somete a los juzgados y tribunales de
Madrid capital, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle,
para la resolución de cualquier controversia que en aplicación de la presente garantía
pudiera suscitarse.
Por …………………….................................................……
(entidad financiera)
Modelo 2.º de aval bancario
SOLO VÁLIDO PARA LA PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE LA GARANTÍA
..................., …… de ......................... de 20....
............................................ (Datos de la entidad financiera) con domicilio
en ................................................... y correo electrónico ………………........, representado
en este acto por don/doña ……..........................................................…. con facultades
suficientes para ello en virtud de ……………………………, de fecha ….....................
AVALA
De forma incondicional e irrevocable a …………................……. (el titular de cuenta
de garantías), como Titular de Cuenta de Garantías, ante MIBGAS S.A. (Gestor de
Garantías), como Gestor de Garantías, hasta el importe máximo de .................………
euros, para responder del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones
económicas contraídas por su participación y operaciones en el sistema gasista, de
conformidad con lo establecido en las Normas de Gestión de Garantías del Sistema
Gasista, incluyendo cuantos impuestos vigentes, intereses de demora, penalizaciones y
cuotas que fueran exigibles.
........................................ (entidad financiera) se constituye en obligado solidario con
el deudor principal al pago de todas las cantidades que fueran debidas por aquél en
virtud de lo establecido en el párrafo anterior, con renuncia expresa a los beneficios de
orden, excusión y, en su caso, división, y teniendo esta garantía carácter abstracto y por
tanto sin que el avalista pueda oponer excepción alguna para evitar el pago y en especial
ninguna derivada de relaciones subyacentes entre el avalista y avalado.
El pago se hará efectivo a primer requerimiento, contra la presentación por parte de
Gestor de Garantías al avalista de escrito por el que se comunica el incumplimiento del
avalado, indicando en el mismo la cuenta corriente donde deba efectuarse el pago
correspondiente, de tal forma que, en caso de que Gestor de Garantías exija el
desembolso al avalista, éste pueda hacerla efectiva en el plazo máximo del siguiente día
hábil a aquél en que requiera el pago del avalista.
La presente garantía extiende su vigencia hasta que Gestor de Garantías autorice su
cancelación/ hasta el .... de ..................... de 20…. inclusive, quedando nulo y sin efecto
después de esta última fecha, no siendo exigible al avalista, a partir de entonces,
cve: BOE-A-2023-13071
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 130