III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-13006)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por el registrador mercantil y de bienes muebles de Cuenca, por la que se rechaza la rectificación de un asiento registral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Jueves 1 de junio de 2023

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primero, sino que se rectifique aquella para que se inscriba la titularidad de dominio del
bien mueble a su nombre.
Pero la resolución inscrita tampoco atribuye dominio al recurrente ni en consecuencia
puede servir de título para llevar a cabo la rectificación pretendida. Procede la
desestimación del recurso sin perjuicio de que si el interesado considera que dispone de
título que pueda provocar la inscripción del dominio del bien mueble a su favor, puede
llevar a cabo la presentación en el Registro de Bienes Muebles a fin de que el registrador
lleve a cabo la calificación y, en su caso, la inscripción a su favor.
En consecuencia, esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso y
confirmar la nota de calificación del registrador.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Mercantil de la provincia donde radica el Registro, en el plazo de
dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las normas del juicio verbal,
conforme a lo establecido en la disposición adicional vigésima cuarta de la Ley 24/2001,
27 de diciembre, y los artículos 325 y 328 de la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2023-13006
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 11 de mayo de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X