III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-13004)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa emitida por la registradora de la propiedad de Laredo-Ramales de la Victoria, relativa a la inmatriculación de una finca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Jueves 1 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 76183

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
13004

Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa
emitida por la registradora de la propiedad de Laredo-Ramales de la Victoria,
relativa a la inmatriculación de una finca.

En el recurso interpuesto por doña A. G. M. contra la calificación negativa emitida por
la registradora de la Propiedad de Laredo-Ramales de la Victoria, doña Marta Esperanza
Casal Garmendia, relativa a la inmatriculación de una finca.
Hechos

Mediante escritura autorizada el día 11 de septiembre de 2018 por don José
Clemente Vázquez López, notario de Gijón, se aceptaba la herencia de doña L. M. T. y
se practicaban las oportunas operaciones particionales, inventariando en su número 7
una casa situada en el municipio de Voto, catastralmente identificada como diseminado
de Voto, y compuesta de planta baja, planta primera y desván, comunicadas por medio
de escalera interior, y garaje de planta baja, anexo por su izquierda entrando, construida
sobre un terreno de superficie catastral 91 metros cuadrados, aunque su superficie real
resultaba ser de 164 metros cuadrados, y teniendo una superficie construida total de 213
metros cuadrados, de los que correspondían a la planta baja, destinada a almacén, 73
metros cuadrados, a la planta primera a vivienda, 73 metros cuadrados, al desván,
destinado a almacén, 49 metros cuadrados, y al garaje anexo, 18 metros cuadrados,
ocupando la construcción 91 metros cuadrados y situándose el resto de terreno no
ocupado por la edificación al este y sur de la misma y destinado a desahogo de lo
edificado. Linda la finca al norte, sur y oeste con parcela 98 del polígono 13 y por el este
con una carretera.
Los
otorgantes
le
asignaban
la
referencia
catastral
número
000505800VP60A0001XR, catastrada con una superficie 91 metros cuadrados,
figurando como titular catastral doña A. G. M., y una superficie construida de 213 metros
cuadrados. Respecto al terreno no ocupado por la edificación, los otorgantes
manifestaban que estaba indebidamente catastrado e integrado en la finca colindante,
parcela 98 del polígono 13, y sin aportar referencia catastral alguna.
Se acompañaba instancia privada de relación de bienes para la liquidación del
Impuesto de doña A. T. M., en la que constaba la descripción de la casa a la que se
refiere el número 7 del inventario contenido en la escritura pública anteriormente
relacionada con la siguiente descripción: «casa de habitación y de labranza sita en el
Barrio de (…), lugar llamado (…), Ayuntamiento de Voto, que consta de planta baja o
cuadra piso y desván, cuyos linderos son al norte, terreno de J. T., Sur, corral de la casa
y J. T., este, carretera (…); y Oeste, J. T.». En esta descripción no figuraba el terreno a
que se hacía mención en la escritura.
Por último, se acompañaba escritura complementaria autorizada el día 14 de marzo
de 2019 por el notario de Gijón, don José Clemente Vázquez López, con el número 610
de protocolo, en la que se rectificaba la descripción de la referida finca en los siguientes
términos: «Urbana.–Casa situada en el (…), municipio de Voto, Cantabria,
catastralmente identificada como ‘(…) Voto (Cantabria)’; compuesta de planta baja,
planta primera y desván, comunicadas por medio de escalera interior, y garaje de planta
baja anexo por su izquierda entrando, que ocupa en la finca en que se enclava una
superficie de noventa y un metros cuadrados; y teniendo una superficie construida total

cve: BOE-A-2023-13004
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