III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12905)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Dehesa PV Farm 03, SL, la autorización administrativa previa, para la instalación fotovoltaica Caparacena 220, de 93,2 MW instalados, la subestación eléctrica Dehesa 03 30/220 kV e infraestructura de evacuación, en Moclín, Atarfe y Colomera (Granada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75692
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Dehesa PV Farm 03, SL, la
autorización administrativa previa, para la instalación fotovoltaica Caparacena
220, de 93,2 MW instalados, la subestación eléctrica Dehesa 03 30/220 kV e
infraestructura de evacuación, en Moclín, Atarfe y Colomera (Granada).
Dehesa PV Farm 03, SL, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 20 de
noviembre de 2020, subsanada posteriormente en fecha 16 de diciembre de 2020,
autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Caparacena 220 de 99 MW
instalados en módulos fotovoltaicos y 93,2 MW instalados en inversores, la subestación
eléctrica Dehesa 03 30/220 kV e infraestructura de evacuación hasta la subestación
eléctrica Caparacena 220 kV.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Granada, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de abril de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 21 de abril de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Granada». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Moclín, de la Dirección General
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía, de la Dirección General de Infraestructuras
de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de
Andalucía, de Enagás, de Red Eléctrica de España, S.A.U. y de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
el cual expresa su conformidad con las mismas.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Atarfe, del Ayuntamiento de
Colomera, de E-distribución redes digitales, S.L (anteriormente ENDESA Distribución
Eléctrica SLU), de la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en adelante MITERD, de la Dirección
General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del MITERD, del Servicio de
Industria, Energía y Minas de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía ni de la Diputación de Granada,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de
Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, a la Dirección
cve: BOE-A-2023-12905
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12905
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75692
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Dehesa PV Farm 03, SL, la
autorización administrativa previa, para la instalación fotovoltaica Caparacena
220, de 93,2 MW instalados, la subestación eléctrica Dehesa 03 30/220 kV e
infraestructura de evacuación, en Moclín, Atarfe y Colomera (Granada).
Dehesa PV Farm 03, SL, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 20 de
noviembre de 2020, subsanada posteriormente en fecha 16 de diciembre de 2020,
autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Caparacena 220 de 99 MW
instalados en módulos fotovoltaicos y 93,2 MW instalados en inversores, la subestación
eléctrica Dehesa 03 30/220 kV e infraestructura de evacuación hasta la subestación
eléctrica Caparacena 220 kV.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Granada, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de abril de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 21 de abril de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Granada». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido contestaciones del Ayuntamiento de Moclín, de la Dirección General
de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía, de la Dirección General de Infraestructuras
de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de
Andalucía, de Enagás, de Red Eléctrica de España, S.A.U. y de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
el cual expresa su conformidad con las mismas.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Atarfe, del Ayuntamiento de
Colomera, de E-distribución redes digitales, S.L (anteriormente ENDESA Distribución
Eléctrica SLU), de la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en adelante MITERD, de la Dirección
General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del MITERD, del Servicio de
Industria, Energía y Minas de la Consejería de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía ni de la Diputación de Granada,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de
Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, a la Dirección
cve: BOE-A-2023-12905
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