III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12903)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a CDR Carrión, SL, autorización administrativa previa para la central depuradora reversible Velilla del Río Carrión, con una potencia de turbinación de 143,81 MW, una potencia de bombeo de 144,40 MW y sus infraestructuras de evacuación, ubicadas en Velilla del Río Carrión y Guardo (Palencia) y Valderrueda (León).
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75679
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a CDR Carrión, SL, autorización
administrativa previa para la central depuradora reversible Velilla del Río
Carrión, con una potencia de turbinación de 143,81 MW, una potencia de
bombeo de 144,40 MW y sus infraestructuras de evacuación, ubicadas en
Velilla del Río Carrión y Guardo (Palencia) y Valderrueda (León).
CDR Carrión SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 24 de junio de 2020,
subsanada posteriormente en fecha 15 de septiembre de 2020, autorización
administrativa previa para la Central Depuradora Reversible «Velilla del Río Carrión»,
con una potencia de turbinación de 143,81 MW, una potencia de bombeo de 144,40 MW,
y sus infraestructuras de evacuación, ubicadas en los términos municipales de Velilla del
Río Carrión y Guardo, en la provincia de Palencia, y Valderrueda, en la provincia de
León.
El expediente fue tramitado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Palencia y en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en León, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido informe de la Confederación Hidrográfica del Duero del que no se
desprende oposición al proyecto y se establece condicionado. Se ha dado traslado al
promotor de dicho condicionado, el cual expresa su conformidad.
Preguntados el Ayuntamiento de Valderrueda, el Ayuntamiento de Velilla del Río
Carrión, el Ayuntamiento de Guardo, la Dirección General de Energía y Minas de la Junta
de Castilla y León e I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU (Iberdrola), no se ha
recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos
en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 2 de febrero de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 3 de febrero de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia
de Palencia y con fecha 19 de febrero de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de
León. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el peticionario.
Se reciben alegaciones de Carbones Alto Carrión SL donde señala que el
emplazamiento de las obras proyectadas por el promotor ocupa espacios que
corresponden con la ubicación de la «Mina Fely» y de las Concesiones de Explotación
«San Isidro 702» y «Ampliación de San Isidro núm. 2994», de las cuales el alegante es
titular. Se dado traslado al promotor de dicha alegación, manifestando que las
instalaciones proyectadas no ocupan espacio de las concesiones mineras anteriormente
citadas. En lo que respecta a la Concesión de Explotación Ampliación a San Isidro
núm. 2994, dentro sus límites tan sólo se realizará la captación del drenaje de mina de
Valdelabárcena y un tramo de la conducción hacia el depósito inferior siguiendo un vial
cve: BOE-A-2023-12903
Verificable en https://www.boe.es
12903
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75679
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a CDR Carrión, SL, autorización
administrativa previa para la central depuradora reversible Velilla del Río
Carrión, con una potencia de turbinación de 143,81 MW, una potencia de
bombeo de 144,40 MW y sus infraestructuras de evacuación, ubicadas en
Velilla del Río Carrión y Guardo (Palencia) y Valderrueda (León).
CDR Carrión SL, en adelante el promotor, solicitó con fecha 24 de junio de 2020,
subsanada posteriormente en fecha 15 de septiembre de 2020, autorización
administrativa previa para la Central Depuradora Reversible «Velilla del Río Carrión»,
con una potencia de turbinación de 143,81 MW, una potencia de bombeo de 144,40 MW,
y sus infraestructuras de evacuación, ubicadas en los términos municipales de Velilla del
Río Carrión y Guardo, en la provincia de Palencia, y Valderrueda, en la provincia de
León.
El expediente fue tramitado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación
del Gobierno en Palencia y en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en León, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido informe de la Confederación Hidrográfica del Duero del que no se
desprende oposición al proyecto y se establece condicionado. Se ha dado traslado al
promotor de dicho condicionado, el cual expresa su conformidad.
Preguntados el Ayuntamiento de Valderrueda, el Ayuntamiento de Velilla del Río
Carrión, el Ayuntamiento de Guardo, la Dirección General de Energía y Minas de la Junta
de Castilla y León e I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU (Iberdrola), no se ha
recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos
en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 2 de febrero de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 3 de febrero de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia
de Palencia y con fecha 19 de febrero de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de
León. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el peticionario.
Se reciben alegaciones de Carbones Alto Carrión SL donde señala que el
emplazamiento de las obras proyectadas por el promotor ocupa espacios que
corresponden con la ubicación de la «Mina Fely» y de las Concesiones de Explotación
«San Isidro 702» y «Ampliación de San Isidro núm. 2994», de las cuales el alegante es
titular. Se dado traslado al promotor de dicha alegación, manifestando que las
instalaciones proyectadas no ocupan espacio de las concesiones mineras anteriormente
citadas. En lo que respecta a la Concesión de Explotación Ampliación a San Isidro
núm. 2994, dentro sus límites tan sólo se realizará la captación del drenaje de mina de
Valdelabárcena y un tramo de la conducción hacia el depósito inferior siguiendo un vial
cve: BOE-A-2023-12903
Verificable en https://www.boe.es
12903