III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12894)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Bruma Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Bruma Solar, de 67,5 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Guadalajara, Anchuelo, Villalbilla, San Fernando de Henares y Torrejón de Ardoz (Guadalajara y Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75609

Se ha recibido contestación de la Dirección General de Carreteras de la Consejería
de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, donde se
muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su
conformidad con la misma.
Se han recibido informe del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, donde pone
de manifiesto que la implantación de las diversas plantas fotovoltaicas propuestas en la
zona genera una congestión del suelo municipal por afecciones al patrimonio natural, al
crecimiento urbanístico y a intereses de particulares. Se ha dado traslado al promotor,
que justifica la conformidad de la infraestructura propuesta con el planeamiento vigente y
las afecciones previsibles. Se ha dado traslado al organismo de dicha contestación, el
cual contesta reiterando la importancia de evitar los efectos citados.
Se han recibido informe del Ayuntamiento de Villabilla, donde muestra su oposición y
ponen de manifiesto que la implantación de las diversas plantas fotovoltaicas propuestas
en la zona genera impactos a nivel paisajístico, medioambiental y urbanístico. Se ha
dado traslado al promotor, que justifica la conformidad de la infraestructura propuesta
con el planeamiento vigente y las afecciones previsibles. Se ha dado traslado al
organismo de dicha contestación, el cual responde que no podrá conceder
autorizaciones en la afección a la Red Regional, y reitera sus críticas a la instalación de
la infraestructura de evacuación cercana al núcleo urbano, así como a áreas de alta
fragilidad paisajística. Concluye haciendo mención a los distintos proyectos de
instalaciones fotovoltaicas previstos en la zona de influencia del término municipal,
considerando que colmatan la práctica totalidad de los espacios disponibles, impidiendo
el propio crecimiento vegetativo del municipio.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial
de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, donde
manifiesta que el proyecto afecta a la cuadrícula minera denominada: Torres de la
Alameda - Sección C - número 2745-001, situada en los términos municipales de Torres
de la Alameda y Villabilla, propiedad de Cementos Portland Valderribas, SA Se ha dado
traslado al promotor, el cual declara que la afección citada por el organismo en cuestión
se produce con un tramo de línea que no pertenece al proyecto Bruma Solar. En
concreto, la afección descrita por el organismo se produce con el tramo de línea aérea
a 220 kV que conecta la SET Cerezo 30/220 kV con la SET Noguera 30/220 kV, y cuyo
titular es el proyecto PFot-195. No se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), la Dirección General de
Aviación Civil del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana el Ayuntamiento de
Anchuelo, la Compañía Logística de Hidrocarburos, SA (EXOLUM), la Subdirección General
de Urbanismo de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, y
Ordenación del Territorio. Comunidad de Madrid, la Diputación Provincial de Madrid,
Enagás Transporte, SA, Hidroeléctrica El Carmen Redes, SL, I-DE Redes Eléctricas
Inteligentes, SAU, el Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA), Redexis
Gas, SA, Telefónica de España, SAU, y UFD Distribución Electricidad, SA, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de
lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de julio de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 14 de octubre de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid». Además, se publicó en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos de Anchuelo, San Fernando de Henares, Torrejón de Ardoz y Villalbilla
(solicitado el 6 de octubre de 2021). Se recibieron alegaciones, las cuales fueron
contestadas por el promotor.

cve: BOE-A-2023-12894
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Núm. 129