III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12888)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Alberche Conex, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Ojeador Solar II, de 42,5 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Mondéjar, Almoguera, Fuentenovilla (Guadalajara) y Ambite (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75557

administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado
artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación de
Loeches 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A.U.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
fotovoltaico con la red de transporte, en la subestación de Loeches 400 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, S.A.U., a través de una nueva posición de la red de transporte
en dicha subestación.
l artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con fecha 16 de
febrero de 2023, varios promotores, entre ellos Alberche Conex, SLU, firmaron un
acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada de varias plantas fotovoltaicas, entre
las que se encuentra Ojeador Solar II, en la subestación Loeches 400 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la declaración de impacto ambiental y los condicionados aceptados
por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de evacuación dentro del
alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
Líneas de evacuación a 30 kV que conectan cada uno de los centros de
transformación de la planta Ojeador Solar II con la subestación Ojeadores 220/30 kV.
La SET Ojeadores 220/30 kV.
La infraestructura de evacuación a 220 kV SET Ojeadores-SET Armada.
Las siguientes infraestructuras hasta la conexión con Loeches 400 kV, propiedad de
REE, quedan fuera del alcance de esta resolución y se incluyen en los expedientes
PFot-192 y PFot-172 AC:
SET Armada 220/30 kV.
Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la SET Armada hasta la SET
Piñón.
SET Piñón 220/30 kV.
Infraestructura de evacuación a 220 kV que conecta la SET Piñón hasta la SET
Nimbo.
SET Nimbo 400/220/30 kV.
Línea aérea de evacuación a 400 kV que conecta la SET Nimbo hasta la subestación
Loeches 400 kV, propiedad de REE.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el
ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Si bien, en
virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deberá
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas

cve: BOE-A-2023-12888
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Núm. 129