III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-12911)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Consejería, por la que se incoa expediente para declaración de bien de interés cultural a favor de la Villa romana La Cocosa, en la localidad de Badajoz (Badajoz), con la categoría de zona arqueológica.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75745
X=151118.54, Y=4296858.89
X=151105.29, Y=4296847.08
X=151082.1, Y=4296865.82
En el área protegida como zona arqueológica se incluyen, además, los caminos
y canales que estén situados dentro de sus límites, tal y como se detalla en el plano
anexo III.
Delimitación y justificación del entorno de protección
No sería posible la declaración de la zona arqueológica que constituye la «villa
romana La Cocosa», sin proteger su entorno inmediato, con el fin de prevenir cualquier
afección a los restos arqueológicos asociados a esta, así como para cuidar su entorno
visual y ambiental inmediato, garantizando la mejor contemplación posible del bien.
Es así como, atendiendo a los parámetros establecidos en el artículo 39 de la
Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, para
la definición de los entornos de protección en elementos de naturaleza arqueológica, se
procede a la delimitación de un área como entorno de protección para la «villa romana
La Cocosa», teniendo en cuenta la superficie de dispersión de materiales arqueológicos
en tanto que es un área susceptible de albergar restos arqueológicos en el subsuelo.
La delimitación del entorno se basa también en criterios contemplativos de la zona
arqueológica, en consideración de su emplazamiento, por ello se incluye el paisaje
circundante, con el fin de preservarlo de aquellas acciones potenciales como puedan ser
futuras edificaciones o instalaciones que puedan dificultar la correcta visualización del
bien, sin olvidar el hecho de que el paisaje hubo de ser determinante en la elección
del asentamiento.
Ha de tenerse en cuenta la parcialidad de los datos arqueológicos, aportados por las
campañas de intervenciones arqueológicas, y la complejidad arquitectónica y espacial de
las grandes instalaciones rurales de época romana, que no han sido identificadas por el
momento y que se prevé existan en el entorno, en una superficie notablemente superior
a la delimitada inicialmente.
De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión de las siguientes parcelas,
afectadas de manera total o parcial, por la delimitación del entorno la Zona Arqueológica,
con las siguientes con las siguientes referencias catastrales:
Dirección
Referencia catastral
Polígono 214, Parcela 4. Los Cabezudos.
06900A214000040000EJ
Polígono 214 Parcela 15. La Cocosa.
06900A214000150000EB
DS DISEMINADOS 15 Polígono 214 Parcela 15. La Cocosa. 06900A214000150001RZ
P Polígono 215, Parcela 15. La Cocosa.
06900A215000150000ES
Polígono 215, Parcela 16. La Cocosa.
06900A215000160000EZ
Polígono 215, Parcela 22. Los Cabezudos.
06900A215000220000EW
Polígono 215, Parcela 64. Los Cabezudos.
06900A215000640000EL
Polígono 214, Parcela 9005. Regato los Hinojales.
06900A214090050000EW
Polígono 215, Parcela 9008. Con de los Hinojales.
06900A215090080000EZ
Polígono 215, Parcela 9009. Regato los Hinojales.
06900A215090090000EU
cve: BOE-A-2023-12911
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129
Miércoles 31 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 75745
X=151118.54, Y=4296858.89
X=151105.29, Y=4296847.08
X=151082.1, Y=4296865.82
En el área protegida como zona arqueológica se incluyen, además, los caminos
y canales que estén situados dentro de sus límites, tal y como se detalla en el plano
anexo III.
Delimitación y justificación del entorno de protección
No sería posible la declaración de la zona arqueológica que constituye la «villa
romana La Cocosa», sin proteger su entorno inmediato, con el fin de prevenir cualquier
afección a los restos arqueológicos asociados a esta, así como para cuidar su entorno
visual y ambiental inmediato, garantizando la mejor contemplación posible del bien.
Es así como, atendiendo a los parámetros establecidos en el artículo 39 de la
Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, para
la definición de los entornos de protección en elementos de naturaleza arqueológica, se
procede a la delimitación de un área como entorno de protección para la «villa romana
La Cocosa», teniendo en cuenta la superficie de dispersión de materiales arqueológicos
en tanto que es un área susceptible de albergar restos arqueológicos en el subsuelo.
La delimitación del entorno se basa también en criterios contemplativos de la zona
arqueológica, en consideración de su emplazamiento, por ello se incluye el paisaje
circundante, con el fin de preservarlo de aquellas acciones potenciales como puedan ser
futuras edificaciones o instalaciones que puedan dificultar la correcta visualización del
bien, sin olvidar el hecho de que el paisaje hubo de ser determinante en la elección
del asentamiento.
Ha de tenerse en cuenta la parcialidad de los datos arqueológicos, aportados por las
campañas de intervenciones arqueológicas, y la complejidad arquitectónica y espacial de
las grandes instalaciones rurales de época romana, que no han sido identificadas por el
momento y que se prevé existan en el entorno, en una superficie notablemente superior
a la delimitada inicialmente.
De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión de las siguientes parcelas,
afectadas de manera total o parcial, por la delimitación del entorno la Zona Arqueológica,
con las siguientes con las siguientes referencias catastrales:
Dirección
Referencia catastral
Polígono 214, Parcela 4. Los Cabezudos.
06900A214000040000EJ
Polígono 214 Parcela 15. La Cocosa.
06900A214000150000EB
DS DISEMINADOS 15 Polígono 214 Parcela 15. La Cocosa. 06900A214000150001RZ
P Polígono 215, Parcela 15. La Cocosa.
06900A215000150000ES
Polígono 215, Parcela 16. La Cocosa.
06900A215000160000EZ
Polígono 215, Parcela 22. Los Cabezudos.
06900A215000220000EW
Polígono 215, Parcela 64. Los Cabezudos.
06900A215000640000EL
Polígono 214, Parcela 9005. Regato los Hinojales.
06900A214090050000EW
Polígono 215, Parcela 9008. Con de los Hinojales.
06900A215090080000EZ
Polígono 215, Parcela 9009. Regato los Hinojales.
06900A215090090000EU
cve: BOE-A-2023-12911
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 129