III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-12777)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para la potenciación de la red española de ciudades saludables y la implementación local de la estrategia de promoción de la salud y prevención.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Martes 30 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 75011

Healthy Cities de la OMS y otras políticas internacionales de interés para la RECS y para
el ámbito local.
Asimismo, el Ministerio de Sanidad facilitará información del ámbito de la Salud
Pública internacional relacionada con este tema y, muy especialmente, de aspectos
prioritarios para la promoción de la salud y prevención de las enfermedades que se
concretan en estrategias, planes y programas nacionales que necesitan del apoyo local,
como es el caso de la EPSP.
Respecto al presente convenio, el Ministerio de Sanidad, a través de la Subdirección
General de Promoción de la Salud y Prevención, ha coordinado la elaboración de la
«Guía para la implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y
Prevención en el SNS (en el marco del abordaje de la cronicidad)» que constituye un
marco para la optimización de recursos para la salud que dependen de diferentes
administraciones, y la base que orienta la adhesión de las Entidades Locales y el
procedimiento a seguir por las partes implicadas en la estrategia.
El Ministerio de Sanidad, a través de la Subdirección General de Promoción de la
Salud y Prevención, diseñará junto con la FEMP la convocatoria de ayudas que
materializará este convenio y, además, evaluará los proyectos que se presenten a la
misma a fin de garantizar que cumplan los objetivos previstos en este convenio. El
ministerio realizará el seguimiento de las actividades previstas, específicamente
verificando los acuerdos para la creación de las mesas intersectoriales y el mapa de
recursos de promoción y prevención a nivel local, elementos esenciales para la
implementación local de la EPSP. Asimismo, asesorará a las Entidades Locales en
cuantas cuestiones surjan en la fase de creación de las mesas intersectoriales y del
mapa de recursos locales, así como en la actualización del mapa de recursos alojado en
la web oficial del Ministerio de Sanidad (https://localizasalud.sanidad.gob.es).
En el ámbito nacional, el Ministerio de Sanidad se compromete a colaborar en los
objetivos de la Sección de la FEMP, la RECS, especialmente en lo que hace referencia a
facilitar información general, formación técnica, comunicación de experiencias y apoyo a
las actividades de dicha sección en lo que se refiere a los objetivos de este convenio.
Además, el Ministerio de Sanidad se compromete a participar en los órganos de la
Sección de la FEMP, la RECS, que ulteriormente se designen. También facilitará la
colaboración y asesoramiento de las Unidades Técnicas de su Departamento en materia
de Salud Pública y el fomento de programas de promoción de la salud y prevención de
las enfermedades.
III. El Ministerio de Sanidad y la FEMP se comprometen a evaluar periódicamente
las actividades y líneas de actuación realizadas, para garantizar su alineamiento con los
objetivos marcados desde el Ministerio de Sanidad y el Programa OMS Healthy Cities,
así como el marco presupuestario. Para la evaluación se plantearán al menos dos
reuniones de seguimiento.

Siguiendo el contenido del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el
presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes,
que se materializará a través de la firma y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de
cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición
adicional séptima, y hasta el 11 de diciembre de 2023. Asimismo, serán publicados en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado». No
procede la prórroga del convenio.

cve: BOE-A-2023-12777
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Vigencia.