III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-12775)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de "Los toques tradicionales de guitarra en el marco de las fiestas participativas" como manifestación representativa del patrimonio cultural inmaterial.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Martes 30 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 74984

a) y c) del artículo 12.1 de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del
Patrimonio Cultural Inmaterial.
Segundo.
Disponer, en virtud del artículo 12.4 letra a) de la Ley 10/2015, de 26 de mayo, para
la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, así como del artículo 83 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la apertura de un periodo de información pública, a fin de que
cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el expediente en las dependencias
de la Subdirección General de Gestión y Coordinación de los Bienes Culturales de la
Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura y
Deporte (Plaza del Rey 1, Madrid), y en todo caso, las personas que lo soliciten a través
de medios electrónicos se pondrá a disposición en la sede electrónica correspondiente,
con el fin de alegar lo que estimen conveniente por un periodo de veinte días a contar
desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial
del Estado».
Tercero.
Tramitar el correspondiente expediente de declaración de Manifestación
Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, de acuerdo con lo previsto en la
Ley 10/2015, de 26 de mayo.
Cuarto.
Comunicar la incoación al Inventario General de Patrimonio Cultural Inmaterial para
su anotación preventiva.
Madrid, 10 de mayo de 2023.–El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas
Artes, Isaac Sastre de Diego.
ANEXO
Justificación de la declaración

La utilización de la guitarra como elemento indispensable y vertebrador de algunas
fiestas comunitarias ha dado lugar a la creación de formas de tocar, afinar o nombrar
específicas adaptadas a cada repertorio que se ha mantenido hasta la fecha gracias a la
transmisión oral. También al mantenimiento de algunas tipologías organológicas distintas
de las mayoritarias y más conocidas (guitarras clásica y flamenca). Es condición
inherente a esta manifestación la participación colectiva de la comunidad, tanto de
ejecutantes como de oyentes en los momentos festivos y otros que la práctica musical
conlleva, como los ensayos conjuntos o las reuniones más o menos informales de
ejecutantes. Las fiestas participativas a su vez se desarrollan en lugares y en ocasiones
por itinerarios prefijados, con lo que la situación espacial juega un papel importante en el
desarrollo y comprensión de las mismas. Sin embargo, esta práctica se enfrenta a
situaciones de riesgo identificadas ya mencionadas con anterioridad.
Así, se puede afirmar que esta manifestación está estrechamente relacionada con
todos y cada uno de los ámbitos definidos en el Plan Nacional de Salvaguarda del
Patrimonio Cultural Inmaterial:
a) Conocimientos tradicionales sobre actividades productivas, procesos y técnicas:
la construcción de instrumentos musicales.
b) Creencias, rituales festivos y otras prácticas ceremoniales: su presencia
ineludible en algunas fiestas comunitarias.

cve: BOE-A-2023-12775
Verificable en https://www.boe.es

1.