III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-12598)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de San Martín de Valdeiglesias, por la que se suspende la inscripción de un testimonio de un decreto de adjudicación hipotecaria y de un mandamiento de cancelación de cargas.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Lunes 29 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 73663

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
12598

Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación de la
registradora de la propiedad de San Martín de Valdeiglesias, por la que se
suspende la inscripción de un testimonio de un decreto de adjudicación
hipotecaria y de un mandamiento de cancelación de cargas.

En el recurso interpuesto por don B. J. C. G., abogado, en nombre y representación de
«Residencial Murillo, SA», contra la calificación de la registradora de la Propiedad de San
Martín de Valdeiglesias, doña Lucía Teresa de Rueda Calvo, por la que suspende la inscripción
de un testimonio de un decreto de adjudicación hipotecaria y de un mandamiento de
cancelación de cargas por razón de no haberse demandado al tercer poseedor que inscribió su
adquisición antes de la interposición de la demanda ejecutiva, y por no existir una
manifestación específica de la autoridad judicial que ha dirigido la ejecución en el sentido de
que no ha existido indefensión del ejecutado y, por tanto, no cabe la nulidad de las actuaciones.
Hechos
I
En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Navalcarnero se tramitó el
procedimiento de ejecución hipotecaria número 250/2014 a instancia de «Ibercaja Banco,
SAU» frente a doña M. M. L. G. y don P. P. P. P. La demanda se presentó en el año 2014,
constando una mitad indivisa en pleno dominio de la finca hipotecada inscrita a favor de don
A. G. R. con carácter privativo desde el día 6 de marzo de 2008. En dicho procedimiento, se
dictó el día 5 de septiembre de 2022 decreto por el que se acordó adjudicar por cesión de
remate la finca registral número 17.114 del término municipal de San Martín de Valdeiglesias
a la mercantil «Residencial Murillo, SA»
Se expidió el correspondiente testimonio del auto de adjudicación hipotecaria y
también el mandamiento de cancelación de cargas por el indicado Juzgado, ambos de
fecha 10 de noviembre de 2022, en los que se hacía constar que los expresados
ejecutados, doña M. M. L. G. y don P. P. P. P., habían sido demandados y requeridos de
pago, sin hacer mención alguna al indicado adquirente tercer poseedor, don A. G. R.
II
Presentados en el Registro de la Propiedad de San Martín de Valdeiglesias el
testimonio del indicado decreto de adjudicación hipotecaria junto con el mandamiento de
cancelación de cargas, fueron objeto de la siguiente nota de calificación:

El Registrador que suscribe, previo examen y calificación del documento reseñado,
ha resuelto no practicar los asientos solicitados en base a los siguientes hechos y
fundamentos de Derecho:
Hechos:
Se presentan los documentos anteriormente reseñados, en virtud de los cuales se
solicita la adjudicación de la finca registral número 17.114, y la cancelación de la

cve: BOE-A-2023-12598
Verificable en https://www.boe.es

«Conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria (reformado por Ley 24/2001 de 27 de
diciembre) y 98 y siguientes del Reglamento Hipotecario: