III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-12594)
Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa emitida por el registrador mercantil XIV de Madrid, por la que se deniega la inscripción de una escritura en la que se eleva a público el nombramiento de administrador único de una compañía, a causa de tener la hoja cerrada por falta de depósito de las cuentas anuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Lunes 29 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 73634

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
12594

Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa
emitida por el registrador mercantil XIV de Madrid, por la que se deniega la
inscripción de una escritura en la que se eleva a público el nombramiento de
administrador único de una compañía, a causa de tener la hoja cerrada por
falta de depósito de las cuentas anuales.

En el recurso interpuesto por don A. A. R., como administrador único de la mercantil
«Autochapa, SA», contra la calificación negativa emitida por el registrador Mercantil XIV
de Madrid, don Miguel Seoane de la Parra, por la que se deniega la inscripción de la
escritura autorizada el día 22 de diciembre de 2022 por el notario de Madrid, don Emilio
Sánchez-Carpintero Abad, con el número 2.155 de protocolo, en la que se eleva a
público el nombramiento de administrador único de la compañía, a causa de tener la hoja
cerrada por falta de depósito de las cuentas anuales.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 22 de diciembre de 2022 por el notario de
Madrid, don Emilio Sánchez-Carpintero Abad, con el número 2.155 de protocolo, se
procedió a elevar a público el acuerdo referido al nombramiento de administrador único
de la compañía «Autochapa, SA».
II
Presentada dicha escritura en el Registro Mercantil de Madrid, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Miguel Seoane de la Parra, Registrador Mercantil de Madrid, previo el consiguiente
examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6
del Reglamento del Registro Mercantil, he resuelto no practicar la inscripción solicitada
conforme a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:

Diario/Asiento: 3297/1016.
F. presentación: 23/12/2022.
Entrada: 1/2022/198935,0.
Sociedad: Autochapa SA.
Hoja: M-89617.
Autorizante: Sánchez-Carpintero Abad Emilio.
Protocolo: 2022/2155 de 22/12/2022.
Fundamentos de Derecho (defectos).
– Suspendida la inscripción del precedente documento, por cuanto la sociedad a que
el mismo se refiere tiene su hoja cerrada por falta del depósito de las cuentas anuales,
conforme a lo establecido en el artículo 378 RRM.
Es defecto subsanable.
En relación con la presente calificación: (…)

cve: BOE-A-2023-12594
Verificable en https://www.boe.es

Hechos.