III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12641)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Parque Eólico Cabezuelas, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico "Cabezuelas", de 60 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Velilla de los Ajos, Nolay, Maján, Serón de Nágima, Torlengua y Cihuela (Soria) y Boldalba, Embid de Ariza, Cetina, Contamina, Alhama de Aragón, Bubierca, Ateca y Terrer (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 74035
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe en su sesión celebrada el día 28 de marzo de 2023.
Se otorgó al promotor el trámite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
la propuesta de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas
respecto de la autorización administrativa solicitada, habiendo respondido al mismo
aportando documentación adicional, incluyendo autorización en materia de servidumbres
aeronáuticas otorgada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones
medioambientales exigibles.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 16 de febrero
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separa relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de los parques San Cristóbal,
Pedrecha y Cabezuelas y su infraestructura de evacuación común, ubicadas en las
provincias de Soria y Zaragoza.
La citada autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas, resuelve:
Único.
– Tipo de tecnología: Eólica.
– Aerogeneradores: 10 aerogeneradores de 6 MW de potencia nominal.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 60 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 49,5 MW de potencia instalada cada uno.
En consecuencia, la potencia máxima que se podrá evacuar será de 49,5 MW.
– Términos municipales afectados: Nolay, Velilla de los Ajos y Maján, en la provincia
de Soria.
cve: BOE-A-2023-12641
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a Parque Eólico Cabezuelas, SL, autorización administrativa previa para el
parque eólico «Cabezuelas», de 60 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de
evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la
presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación eólica para la generación
de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales del parque «Cabezuelas» son las siguientes:
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 74035
acreditar su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, ha emitido informe en su sesión celebrada el día 28 de marzo de 2023.
Se otorgó al promotor el trámite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
la propuesta de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas
respecto de la autorización administrativa solicitada, habiendo respondido al mismo
aportando documentación adicional, incluyendo autorización en materia de servidumbres
aeronáuticas otorgada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones
medioambientales exigibles.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 16 de febrero
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separa relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de los parques San Cristóbal,
Pedrecha y Cabezuelas y su infraestructura de evacuación común, ubicadas en las
provincias de Soria y Zaragoza.
La citada autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General de Política
Energética y Minas, resuelve:
Único.
– Tipo de tecnología: Eólica.
– Aerogeneradores: 10 aerogeneradores de 6 MW de potencia nominal.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 60 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 49,5 MW de potencia instalada cada uno.
En consecuencia, la potencia máxima que se podrá evacuar será de 49,5 MW.
– Términos municipales afectados: Nolay, Velilla de los Ajos y Maján, en la provincia
de Soria.
cve: BOE-A-2023-12641
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a Parque Eólico Cabezuelas, SL, autorización administrativa previa para el
parque eólico «Cabezuelas», de 60 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de
evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la
presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de una instalación eólica para la generación
de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales del parque «Cabezuelas» son las siguientes: