III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12622)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Covadonga Solar, SLU, la autorización administrativa previa, para el parque solar fotovoltaico Covadonga Solar, de 98,415 MW de potencia pico y 95 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Carranque y Viso de San Juan (Toledo).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Lunes 29 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 73852

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Covadonga Solar, SLU, la
autorización administrativa previa, para el parque solar fotovoltaico
Covadonga Solar, de 98,415 MW de potencia pico y 95 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación, en Carranque y Viso de San
Juan (Toledo).

Covadonga Solar, SLU, en adelante el promotor, solicitó, con fecha 26 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa del parque solar fotovoltaico Covadonga
Solar de 100 MW de potencia pico y su infraestructura de evacuación, consistente en
líneas a 30 kV, la subestación eléctrica SET Covadonga 220/30 kV y la línea a 220 kV de
entrada y salida a la subestación eléctrica SET Covadonga 220/30 kV desde la línea
a 220 kV que une la subestación eléctrica SET Camarena 220/30 kV con la subestación
eléctrica SET la Moraleja REE 220 kV (siendo esta última propiedad de Red Eléctrica de
España, SAU).
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 23 de abril de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y el 29 de abril de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Toledo». Se recibieron alegaciones las cuales fueron contestadas por el promotor. Las
alegaciones de carácter medioambiental respecto de los proyectos se han tenido en
cuenta en el trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual
ha resultado la declaración de impacto ambiental que se recoge a continuación en los
siguientes párrafos de la presente resolución.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de
Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, de la Demarcación de Carreteras del
Estado en Castilla-La Mancha y de la Dirección General de Carreteras de Castilla-La
Mancha, en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de
solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Carranque, del Ayuntamiento de
El Viso de San Juan, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Dirección General de Políticas
Agroambientales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Dirección
General de Transición Energética de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,
de la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, de la Dirección General de Desarrollo Rural de la

cve: BOE-A-2023-12622
Verificable en https://www.boe.es

12622