III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Programas educativos europeos. (BOE-A-2023-12607)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan plazas para centros educativos de Educación Infantil y Primaria, Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o de Enseñanzas de Régimen Especial, que deseen acoger a un/a docente extranjero/a para el curso 2023/2024.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
10.
Sec. III. Pág. 73730
Incumplimientos.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en la
presente resolución y demás normas aplicables, dará lugar a la apertura de un
expediente de incumplimiento.
11.
Aceptación de las bases.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente
resolución.
12.
Recursos.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a partir del
día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Asimismo, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, no pudiendo interponerse este último hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
13.
Disposición final.
La presente resolución se regirá por las normas específicas contenidas en ella y
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de mayo de 2023.–El Secretario de Estado de Educación, José Manuel
Bar Cendón.
ANEXO I
Guion para el plan de actividades previstas
1. Objetivos.
2. Calendario de planificación prevista para la consecución de los objetivos.
3. Descripción de la organización y gestión del centro.
4. Propuesta de calendario de asistencia a algunas reuniones de trabajo donde se
planifiquen las actividades del centro y análisis de la programación trimestral y anual.
5. Propuesta de calendario de asistencia y colaboración en algunas clases de
español (u otras disciplinas) y cultura española.
6. Análisis de materiales de aula, metodología y recursos utilizados, desarrollo de
las actividades de clase, aplicación de nuevas tecnologías, evaluación, etc.
7. Plan de actividades extraescolares del centro.
8. Actividades culturales y colaboración con otras instituciones (locales, regionales,
nacionales, etc.).
9. Estudio de la gestión de la convivencia en el centro y del plan de acción tutorial.
10. Programas que se aplican en el centro para la mejora de resultados y otros
programas o proyectos educativos.
11. Plan de formación del profesorado del centro educativo.
cve: BOE-A-2023-12607
Verificable en https://www.boe.es
El plan de actividades deberá reflejar las posibilidades que el centro ofrece a los/las
docentes durante su visita. Deberá consensuarse con el/la mismo/a y tendrá que ser
elaborado siguiendo los intereses y posibilidades de ambas partes.
A continuación, se enumeran los aspectos que se pueden contemplar en este plan
(es necesario tratar al menos los referidos a los apartados 1 y 2).
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
10.
Sec. III. Pág. 73730
Incumplimientos.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en la
presente resolución y demás normas aplicables, dará lugar a la apertura de un
expediente de incumplimiento.
11.
Aceptación de las bases.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente
resolución.
12.
Recursos.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a partir del
día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. Asimismo, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, no pudiendo interponerse este último hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
13.
Disposición final.
La presente resolución se regirá por las normas específicas contenidas en ella y
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de mayo de 2023.–El Secretario de Estado de Educación, José Manuel
Bar Cendón.
ANEXO I
Guion para el plan de actividades previstas
1. Objetivos.
2. Calendario de planificación prevista para la consecución de los objetivos.
3. Descripción de la organización y gestión del centro.
4. Propuesta de calendario de asistencia a algunas reuniones de trabajo donde se
planifiquen las actividades del centro y análisis de la programación trimestral y anual.
5. Propuesta de calendario de asistencia y colaboración en algunas clases de
español (u otras disciplinas) y cultura española.
6. Análisis de materiales de aula, metodología y recursos utilizados, desarrollo de
las actividades de clase, aplicación de nuevas tecnologías, evaluación, etc.
7. Plan de actividades extraescolares del centro.
8. Actividades culturales y colaboración con otras instituciones (locales, regionales,
nacionales, etc.).
9. Estudio de la gestión de la convivencia en el centro y del plan de acción tutorial.
10. Programas que se aplican en el centro para la mejora de resultados y otros
programas o proyectos educativos.
11. Plan de formación del profesorado del centro educativo.
cve: BOE-A-2023-12607
Verificable en https://www.boe.es
El plan de actividades deberá reflejar las posibilidades que el centro ofrece a los/las
docentes durante su visita. Deberá consensuarse con el/la mismo/a y tendrá que ser
elaborado siguiendo los intereses y posibilidades de ambas partes.
A continuación, se enumeran los aspectos que se pueden contemplar en este plan
(es necesario tratar al menos los referidos a los apartados 1 y 2).