III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-12610)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Economía Agroalimentaria, para la organización del «XIV congreso de economía agroalimentaria: estrategias de los sistemas agroalimentarios ante los desafíos globales».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Lunes 29 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 73759

Propiedad intelectual e industrial.
1. Cada una de las partes conservará todos sus derechos previos al convenio sobre
sus bienes protegidos por la legislación española sobre propiedad intelectual e industrial.
2. Los derechos correspondientes a la propiedad intelectual e industrial creada que
se genere como resultado del presente convenio corresponderán a las partes por partes
iguales, en los términos previstos en la legislación reguladora de este tipo de propiedad.
No obstante, la AEEA podrá utilizar la información, los datos y los resultados
generados en el marco del presente convenio en ejercicio de su misión pública y
actividad propia de divulgación, investigación y docencia, debiendo siempre hacer
mención a que su generación se ha producido en el marco del presente convenio y sin
que ello, en ningún caso, suponga explotación comercial de los mismos. La AEEA en
ningún caso cederá, ni directa ni indirectamente, a un tercero los resultados obtenidos
sin el consentimiento previo del MAPA.
Protección de datos de carácter personal.
En el desarrollo del presente convenio las partes adoptarán las medidas de
seguridad requeridas por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, por la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales y por el Esquema Nacional de Seguridad establecido en el Real
Decreto 311/2022, de 3 de mayo, y sus modificaciones.
Décima.

Resolución de conflictos.

Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la comisión de
seguimiento prevista en la cláusula cuarta, quedarán sometidos al conocimiento y
resolución de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto
en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
Y en prueba de conformidad, así como de la debida constancia de cuanto queda
convenido, una y otra parte formalizan el presente convenio, en el lugar y la fecha al
comienzo indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden
APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y Alimentación,
Fernando Miranda Sotillos.–Las presidentas de la Asociación Española de Economía
Agroalimentaria, Margarita Brugarolas Molla-Bauza y Eva Iglesias Martínez.
ANEXO
Presupuesto estimado

Plataforma gestión comunicaciones.

MAPA

(euros)

750,00

AEEA

(euros)

Total

(euros)

750,00

1.500,00

Premios a jóvenes investigadores.



1.000,00

1.000,00

Logo del congreso.



684,00

684,00

Alojamiento.



7.350,00

7.350,00

Viajes.



3.000,00

3.000,00

Restauración.
Cartelería.

11.000,00 19.000,00 30.000,00
1.250,00

1.250,00

2.500,00

cve: BOE-A-2023-12610
Verificable en https://www.boe.es

Concepto de gasto