III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-12610)
Resolución de 18 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Economía Agroalimentaria, para la organización del «XIV congreso de economía agroalimentaria: estrategias de los sistemas agroalimentarios ante los desafíos globales».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127

Lunes 29 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 73755

– Realizar la difusión de las acciones emanadas del presente convenio a través de
los medios que estime oportunos (correo electrónico, página web, redes sociales, notas
de prensa).
– Consensuar con la AEEA el contenido de notas de prensa o de cualquier otro
medio que contribuya a difundir el presente convenio y las acciones derivadas de la
ejecución de este.
– Aportar la financiación prevista en la cláusula tercera, acorde con el presupuesto
estimado del congreso (anexo).
– Efectuar el seguimiento de las actuaciones convenidas, en constante interlocución
con la junta directiva de la AEEA, a través de la convocatoria de la comisión de
seguimiento a la que se refiere la cláusula cuarta.
B.

Compromisos que asume la AEEA.

La AEEA realizará las siguientes actuaciones:
– Participar en el desarrollo y organizar el citado congreso de acuerdo con el
programa y el presupuesto estimado (anexo), aportando los medios materiales y
personales necesarios para la gestión económica y administrativa que de ello se derive.
En concreto, facilitará los siguientes servicios:

– Informar al MAPA en el seno de la comisión de seguimiento, prevista en la cláusula
cuarta, del desarrollo de las actuaciones realizadas, las cuales deberán además
ajustarse al programa y al presupuesto estimado en el anexo del presente convenio.
– Cofinanciar, mediante cuotas o patrocinios de la AEEA, los costes para el
desarrollo del congreso, de acuerdo con el presupuesto estimado que se detalla en el
anexo.
– Destinar íntegramente la cantidad aportada por el MAPA a la financiación de los
gastos acordados mediante el presente convenio para el citado congreso.
– Aportar, una vez finalizado el congreso, una certificación de su realización y de los
gastos incurridos, de conformidad con el programa y presupuesto aprobados.
– Conceder al MAPA un máximo de 10 plazas exentas del pago de asistencia, sin
derecho a alojamiento o manutención, para asistir al congreso objeto del presente
convenio. Estas plazas podrán ser ocupadas por las personas que el MAPA designe y
comunique formalmente a la AEEA con la suficiente antelación y en todo caso, quince
días antes del inicio de este. El resto de las plazas serán cubiertas por los
procedimientos habituales establecidos por la AEEA.
– Destacar la colaboración del MAPA en cuantos medios se utilicen para la
promoción y difusión del congreso (programa, carteles, publicidad en medios, notas de
prensa, etc.) y de otras acciones convenidas, incorporando, de modo visible, el logotipo

cve: BOE-A-2023-12610
Verificable en https://www.boe.es

● Infraestructura en general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización del congreso.
● Publicidad de la celebración del congreso.
● Diseño, impresión y distribución del programa y del resto del material divulgativo y
promocional.
● En relación con los conferenciantes y los participantes en las mesas redondas: el
pago de los honorarios, viaje, alojamiento, en su caso y manutención en sus propias
instalaciones.
● Información, selección e inscripción de congresistas, control de asistencia y
expedición de diplomas y certificaciones.
● Recopilación de los contenidos que se generen en el congreso, así como la
elaboración de los resultados y conclusiones del mismo para su difusión en los formatos
y medios más convenientes.
● Cuantas otras actividades o servicios sean necesarios y convenientes para el buen
desarrollo del congreso.