III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-12646)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de "Las expresiones culturales vinculadas a la cultura sorda y la lengua de signos española" como manifestación representativa del patrimonio cultural inmaterial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 74071
población mundial que comparte rasgos socioculturales y que mantiene fuertes vínculos,
articulados a través de las redes asociativas.
El proceso de lucha y reivindicación social y cultural de las comunidades sordas ha
tenido un marcado carácter internacional en el que, desde el punto de vista asociativo,
destaca la labor de la Unión Europea de Personas Sordas (EUD) y de la Federación
Mundial de Personas Sordas (WFD) que agrupa a representantes de más de 130 países,
entre ellos España a través de la CNSE.
8.
Salvaguarda
cve: BOE-A-2023-12646
Verificable en https://www.boe.es
A la hora de establecer medidas de salvaguarda para las expresiones culturales
ligadas a la LSE y la cultura sorda, resulta fundamental el papel que juegan las
comunidades portadoras, es decir, las comunidades de personas sordas signantes. Por
ello, la premisa fundamental en el ámbito de la salvaguarda es que la comunidad sorda
debe tener un papel activo y protagonista en la toma de decisiones.
Al mismo tiempo, la salvaguarda debe comprenderse como un proceso transversal,
pues implica a muy diversos agentes, desde la propia comunidad sorda, a las
Administraciones, medios de comunicación y la sociedad en su conjunto. Por ello, las
medidas implementadas no deben proyectarse de manera aislada, sino teniendo en
cuenta que los diferentes ámbitos de actuación se encuentran interrelacionados, en tanto
las expresiones culturales signadas están imbricadas en la vida y la realidad de las
comunidades sordas.
Las líneas estratégicas sobre las que se articulará la salvaguarda de esta
Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial serán la del fomento del
conocimiento de este acervo cultural, el impulso de su transmisión y el aumento de la
sensibilización, respeto y valoración social de la misma. Para ello, se establecerán
medidas de identificación, documentación e investigación y será necesario garantizar la
conservación, custodia y consulta de los distintos soportes para los documentos
generados a través de las acciones de investigación. Respecto a la transmisión de este
patrimonio cultural, las medidas de salvaguarda deberán contemplar cauces de
transmisión tanto formales como informales para garantizar su viabilidad en el tiempo.
Todas las acciones implementadas deberán contar con la participación activa de los
portadores y asociaciones como principales agentes en la toma de decisiones. Además,
deberán garantizar el respeto a las características y el desarrollo propio de las
manifestaciones culturales, a fin de que pueda compatibilizarse la apropiación y disfrute
público con el respeto a estos bienes y a sus protagonistas. En cuanto al fomento del
reconocimiento y respeto de la cultura sorda y su patrimonio cultural, como medidas de
salvaguarda se proponen acciones y programas de difusión, sensibilización y promoción.
La promoción de la red asociativa de personas sordas y sordociegas en España será
una garantía para potenciar el desarrollo de las manifestaciones culturales y la
dignificación de la LSE. La Administración General del Estado, en colaboración con las
demás administraciones competentes, desarrollará cuantos programas, proyectos,
acciones, estrategias y ayudas sean necesarias para su salvaguarda, de acuerdo con su
disponibilidad presupuestaria.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 74071
población mundial que comparte rasgos socioculturales y que mantiene fuertes vínculos,
articulados a través de las redes asociativas.
El proceso de lucha y reivindicación social y cultural de las comunidades sordas ha
tenido un marcado carácter internacional en el que, desde el punto de vista asociativo,
destaca la labor de la Unión Europea de Personas Sordas (EUD) y de la Federación
Mundial de Personas Sordas (WFD) que agrupa a representantes de más de 130 países,
entre ellos España a través de la CNSE.
8.
Salvaguarda
cve: BOE-A-2023-12646
Verificable en https://www.boe.es
A la hora de establecer medidas de salvaguarda para las expresiones culturales
ligadas a la LSE y la cultura sorda, resulta fundamental el papel que juegan las
comunidades portadoras, es decir, las comunidades de personas sordas signantes. Por
ello, la premisa fundamental en el ámbito de la salvaguarda es que la comunidad sorda
debe tener un papel activo y protagonista en la toma de decisiones.
Al mismo tiempo, la salvaguarda debe comprenderse como un proceso transversal,
pues implica a muy diversos agentes, desde la propia comunidad sorda, a las
Administraciones, medios de comunicación y la sociedad en su conjunto. Por ello, las
medidas implementadas no deben proyectarse de manera aislada, sino teniendo en
cuenta que los diferentes ámbitos de actuación se encuentran interrelacionados, en tanto
las expresiones culturales signadas están imbricadas en la vida y la realidad de las
comunidades sordas.
Las líneas estratégicas sobre las que se articulará la salvaguarda de esta
Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial serán la del fomento del
conocimiento de este acervo cultural, el impulso de su transmisión y el aumento de la
sensibilización, respeto y valoración social de la misma. Para ello, se establecerán
medidas de identificación, documentación e investigación y será necesario garantizar la
conservación, custodia y consulta de los distintos soportes para los documentos
generados a través de las acciones de investigación. Respecto a la transmisión de este
patrimonio cultural, las medidas de salvaguarda deberán contemplar cauces de
transmisión tanto formales como informales para garantizar su viabilidad en el tiempo.
Todas las acciones implementadas deberán contar con la participación activa de los
portadores y asociaciones como principales agentes en la toma de decisiones. Además,
deberán garantizar el respeto a las características y el desarrollo propio de las
manifestaciones culturales, a fin de que pueda compatibilizarse la apropiación y disfrute
público con el respeto a estos bienes y a sus protagonistas. En cuanto al fomento del
reconocimiento y respeto de la cultura sorda y su patrimonio cultural, como medidas de
salvaguarda se proponen acciones y programas de difusión, sensibilización y promoción.
La promoción de la red asociativa de personas sordas y sordociegas en España será
una garantía para potenciar el desarrollo de las manifestaciones culturales y la
dignificación de la LSE. La Administración General del Estado, en colaboración con las
demás administraciones competentes, desarrollará cuantos programas, proyectos,
acciones, estrategias y ayudas sean necesarias para su salvaguarda, de acuerdo con su
disponibilidad presupuestaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X