III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sanidad animal. (BOE-A-2023-12611)
Orden APA/526/2023, de 26 de mayo, por la que se establecen medidas para el movimiento de animales de la especie bovina "Bos taurus" desde Castilla y León.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73763
Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión de 17 de diciembre de 2019 por el
que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en
lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de
animales terrestres y de huevos para incubar, y el Reglamento Delegado (UE) 2020/689
de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE)
2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de
vigilancia, los programas de erradicación y el estatus de libre de enfermedad con
respecto a determinadas enfermedades de la lista y enfermedades emergentes.
Segundo.
Régimen sancionador.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en esta orden será de aplicación el
régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de
sanidad animal, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden
que pudieren concurrir.
Tercero.
Aplicación.
La presente orden será de aplicación desde el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-12611
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de mayo de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 127
Lunes 29 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 73763
Reglamento Delegado (UE) 2020/688 de la Comisión de 17 de diciembre de 2019 por el
que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en
lo referente a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos dentro de la Unión de
animales terrestres y de huevos para incubar, y el Reglamento Delegado (UE) 2020/689
de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE)
2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas de
vigilancia, los programas de erradicación y el estatus de libre de enfermedad con
respecto a determinadas enfermedades de la lista y enfermedades emergentes.
Segundo.
Régimen sancionador.
En caso de incumplimiento de lo dispuesto en esta orden será de aplicación el
régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de
sanidad animal, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden
que pudieren concurrir.
Tercero.
Aplicación.
La presente orden será de aplicación desde el mismo día de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-12611
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 26 de mayo de 2023.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis
Planas Puchades.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X