II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos A2 y C1. (BOE-A-2023-12353)
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 72483
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, o que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en el Registro de la AIReF (calle José Abascal núm. 2-4, 2.ª planta, 28003
Madrid) o en los demás Registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. En este caso, deberán aportar documentación que acredite la imposibilidad
técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la aplicación informática
correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no
será admitida.
La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal solo
será admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso podrá
presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud
electrónica.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta.
2. Cada uno de los funcionarios y funcionarias presentará un único anexo III-1
pudiendo solicitar, por orden de preferencia en el anexo III-2, los puestos vacantes que
se incluyen en el anexo I-A, siempre que reúna los requisitos exigidos para cada puesto
de trabajo, y los puestos a resultas que se incluyen en el anexo I-B
3. Los funcionarios y las funcionarias participantes con discapacidad podrán pedir
la adaptación del puesto o puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que
tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados.
En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del
puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan
realizar en él.
4. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, sin que puedan ser objeto de
modificación, aceptándose renuncias parciales a las mismas hasta la fecha de la reunión
de la Comisión de Valoración. Dicha fecha se anunciará en la página web de la AIReF
(http://airef.es).
Cuarta.
Baremo de valoración.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias señalado en la base tercera, punto 1. Sin perjuicio de lo
cve: BOE-A-2023-12353
Verificable en https://www.boe.es
Anexo III-1. Solicitud de participación.
Anexo III-2. Puestos solicitados por orden de preferencia.
Anexo II. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el supuesto de funcionarios y funcionarias destinados en la
Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en que no será necesaria su
presentación).
Anexo IV. Certificado de méritos específicos adecuados a las características del
puesto, expedido por la persona responsable o titular de la Unidad en la que se hayan
realizado las funciones que han permitido adquirir los conocimientos o experiencia que
se certifican.
Anexo V. Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al
Sistema de Verificación de Datos de Residencia (conciliación por cuidado de familiar).
Anexo VI. Consentimiento de recogida y tratamiento de datos.
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 72483
Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de
servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, o que
no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter
excepcional, en el Registro de la AIReF (calle José Abascal núm. 2-4, 2.ª planta, 28003
Madrid) o en los demás Registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. En este caso, deberán aportar documentación que acredite la imposibilidad
técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la aplicación informática
correspondiente. Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no
será admitida.
La forma de presentación no telemática o a través de las unidades de personal solo
será admitida en los casos expresamente previstos en esta base. En ningún caso podrá
presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud
electrónica.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan
de ser tenidos en cuenta.
2. Cada uno de los funcionarios y funcionarias presentará un único anexo III-1
pudiendo solicitar, por orden de preferencia en el anexo III-2, los puestos vacantes que
se incluyen en el anexo I-A, siempre que reúna los requisitos exigidos para cada puesto
de trabajo, y los puestos a resultas que se incluyen en el anexo I-B
3. Los funcionarios y las funcionarias participantes con discapacidad podrán pedir
la adaptación del puesto o puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá
acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la
procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que
tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados.
En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del
puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan
realizar en él.
4. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, sin que puedan ser objeto de
modificación, aceptándose renuncias parciales a las mismas hasta la fecha de la reunión
de la Comisión de Valoración. Dicha fecha se anunciará en la página web de la AIReF
(http://airef.es).
Cuarta.
Baremo de valoración.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de
presentación de instancias señalado en la base tercera, punto 1. Sin perjuicio de lo
cve: BOE-A-2023-12353
Verificable en https://www.boe.es
Anexo III-1. Solicitud de participación.
Anexo III-2. Puestos solicitados por orden de preferencia.
Anexo II. Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de personal (salvo en el supuesto de funcionarios y funcionarias destinados en la
Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en que no será necesaria su
presentación).
Anexo IV. Certificado de méritos específicos adecuados a las características del
puesto, expedido por la persona responsable o titular de la Unidad en la que se hayan
realizado las funciones que han permitido adquirir los conocimientos o experiencia que
se certifican.
Anexo V. Consentimiento del familiar dependiente para realizar consultas al
Sistema de Verificación de Datos de Residencia (conciliación por cuidado de familiar).
Anexo VI. Consentimiento de recogida y tratamiento de datos.