II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-12356)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Sábado 27 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 72567

Para los puestos relacionados en el anexo I-A, con clave EX22 podrán participar
además los cuerpos o escalas del sector Docencia e Investigación y con clave EX26
podrán participar además los cuerpos o escalas del sector Transporte Aéreo y
Meteorología.
4. Los funcionarios y las funcionarias de los cuerpos o escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros
puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de
Hacienda y Función Pública, de conformidad con el Departamento al que se hallen
adscritos los indicados cuerpos o escalas.
5. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuarto.5 de la Ley 31/1990, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del
personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo en la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria y que pertenezca a especialidades o escalas adscritas a ella,
para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones públicas, estará
sometida a la condición de la previa autorización de aquella, que podrá denegarla en
atención a las necesidades del servicio.
6. En los puestos número de orden 77 y 78, de acuerdo en el Real Decreto 799/2005,
de 1 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 168, de 15 de julio de 2005, artículo 15.2),
podrán participar los funcionarios que reúnan las siguientes condiciones:
a) Pertenecer a cuerpos o escalas del subgrupo A1 de la Administración del
Estado, en los términos establecidos en el artículo 76 y disposición transitoria tercera del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
b) Hallarse en situación de activo, servicios especiales, servicio en comunidades
autónomas o excedencia forzosa en alguno de los cuerpos o escalas antes
mencionados.
c) Haber prestado servicios en las Administraciones públicas por un tiempo mínimo
de cinco años en alguno o algunos de los cuerpos o escalas citados.
d) Estar en posesión del certificado del curso «Función Inspectora del INAP».
Situaciones administrativas de los participantes.

1. Los funcionarios y las funcionarias deberán permanecer en cada puesto de
trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los
concursos de provisión de puestos, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de
un Departamento ministerial, en defecto de aquélla, o en los supuestos previstos en el
párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública, y en el de supresión de su puesto de trabajo.
2. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicio en otras
Administraciones públicas, artículo 88 Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, que después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado,
hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no
podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al
mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa de remoción, cese o
supresión acaecidas en ese ulterior puesto.
3. Los funcionarios y las funcionarias en excedencia voluntaria por interés particular
(artículo 89.2 del Estatuto Básico del Empleado Público) y en excedencia voluntaria por
agrupación familiar (artículo 89.3 del citado Estatuto), solo podrán participar si al término
del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido al menos dos años desde el
inicio en dicha situación.
4. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia por cuidado de
familiares y en servicios especiales con derecho a reserva de puesto (artículos 89.4 y 87
del Estatuto Básico del Empleado Público) solo podrán participar si a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la

cve: BOE-A-2023-12356
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Segunda.