III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-12388)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la realización de actividades de interés común en el ámbito de la formación teórico-práctica de recursos operativos en el campo de la seguridad ciudadana y la gestión de emergencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72740
de cada una de las administraciones, así como la realización de prácticas (actualización
y especialización), o incluso sesiones de coordinación para aplicación de protocolos
operativos.
Séptimo.
Cuanto se dispone en el presente convenio, se desarrolla con carácter voluntario, en
cumplimiento de lo prescrito por el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, siguiendo los principios de la cooperación económica,
técnica y administrativa entre las Administraciones del Estado y las Comunidades
Autónomas, para conseguir mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la
utilización conjunta de medios y servicios públicos y contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
Octavo.
El Polígono de Experiencias para Fuerzas Especiales cuenta con un Sistema de CCTV y
Sistema antintrusión, el cual se encuentra de alta en el fichero COSEIN de protección de
datos de la Dirección General de la Guardia Civil.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Es objeto del presente convenio, establecer y regular las relaciones de cooperación
interinstitucional entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Gobierno de La Rioja, para la realización de actividades de interés
común en el ámbito de la formación teórico-práctica de recursos operativos de ambas
administraciones, en el campo de la seguridad ciudadana y la gestión de emergencias.
Segunda.
Compromisos de la Secretaría de Estado de Seguridad.
1. Prestar los apoyos a los organismos municipales encargados de la formación de
efectivos con competencias en seguridad y gestión de emergencias. Este apoyo se
plasmará en cursos y acciones formativas, así como en la aportación de ponentes y
medios técnicos, a través de la Unidad de Acción Rural (UAR) con sede en Logroño (La
Rioja).
2. Reservar las instalaciones del PEFE-GC para que el personal dependiente de la CA de
La Rioja pueda hacer uso de estas en las condiciones que el órgano gestor delas mencionadas
instalaciones determine, sin perjuicio de los cursos y acciones formativas que se fijen, siempre
y cuando se siga el procedimiento que se establezca.
3. Que las diferentes áreas que integran el PEFE-GC, especialmente su Área
Urbana, permitan el desarrollo de acciones formativas, ejercicios y simulacros dirigidos a
conocer y responder ante situaciones de crisis, catástrofe o calamidad pública.
4. Aportar el personal docente, los programas e instalaciones necesarias para los
fines que en cada caso se pretendan.
5. Reflejar junto a las siglas PEFE-GC, el nombre de la Comunidad de La Rioja, en
cuantos documentos y logotipos aludan al mismo.
6. Facilitar, dentro de los programas docentes, el conocimiento de la Comunidad
Autónoma de la Rioja entre el personal que utilice las instalaciones del PEFE-GC.
cve: BOE-A-2023-12388
Verificable en https://www.boe.es
La Secretaría de Estado de Seguridad, en el marco de la colaboración definida en el
presente convenio, se compromete a:
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72740
de cada una de las administraciones, así como la realización de prácticas (actualización
y especialización), o incluso sesiones de coordinación para aplicación de protocolos
operativos.
Séptimo.
Cuanto se dispone en el presente convenio, se desarrolla con carácter voluntario, en
cumplimiento de lo prescrito por el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local, siguiendo los principios de la cooperación económica,
técnica y administrativa entre las Administraciones del Estado y las Comunidades
Autónomas, para conseguir mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la
utilización conjunta de medios y servicios públicos y contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
Octavo.
El Polígono de Experiencias para Fuerzas Especiales cuenta con un Sistema de CCTV y
Sistema antintrusión, el cual se encuentra de alta en el fichero COSEIN de protección de
datos de la Dirección General de la Guardia Civil.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Es objeto del presente convenio, establecer y regular las relaciones de cooperación
interinstitucional entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Gobierno de La Rioja, para la realización de actividades de interés
común en el ámbito de la formación teórico-práctica de recursos operativos de ambas
administraciones, en el campo de la seguridad ciudadana y la gestión de emergencias.
Segunda.
Compromisos de la Secretaría de Estado de Seguridad.
1. Prestar los apoyos a los organismos municipales encargados de la formación de
efectivos con competencias en seguridad y gestión de emergencias. Este apoyo se
plasmará en cursos y acciones formativas, así como en la aportación de ponentes y
medios técnicos, a través de la Unidad de Acción Rural (UAR) con sede en Logroño (La
Rioja).
2. Reservar las instalaciones del PEFE-GC para que el personal dependiente de la CA de
La Rioja pueda hacer uso de estas en las condiciones que el órgano gestor delas mencionadas
instalaciones determine, sin perjuicio de los cursos y acciones formativas que se fijen, siempre
y cuando se siga el procedimiento que se establezca.
3. Que las diferentes áreas que integran el PEFE-GC, especialmente su Área
Urbana, permitan el desarrollo de acciones formativas, ejercicios y simulacros dirigidos a
conocer y responder ante situaciones de crisis, catástrofe o calamidad pública.
4. Aportar el personal docente, los programas e instalaciones necesarias para los
fines que en cada caso se pretendan.
5. Reflejar junto a las siglas PEFE-GC, el nombre de la Comunidad de La Rioja, en
cuantos documentos y logotipos aludan al mismo.
6. Facilitar, dentro de los programas docentes, el conocimiento de la Comunidad
Autónoma de la Rioja entre el personal que utilice las instalaciones del PEFE-GC.
cve: BOE-A-2023-12388
Verificable en https://www.boe.es
La Secretaría de Estado de Seguridad, en el marco de la colaboración definida en el
presente convenio, se compromete a: