III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-12405)
Resolución de 18 de mayo de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación Once, para la gestión de las ayudas del programa dirigido a promover la mejora de las condiciones educativas y profesionales de las personas con discapacidad, denominado "Programa Reina Letizia para la inclusión".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Sábado 27 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72879

Cuarta.

Ausencia de Relación Laboral.

La relación del personal de la entidad colaboradora con el Real Patronato sobre
Discapacidad no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio,
ni del mismo se derivará obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

cve: BOE-A-2023-12405
Verificable en https://www.boe.es

– Prestar al Real Patronato sobre Discapacidad la ayuda y colaboración necesarias
para la correcta gestión del programa lo que, en ningún caso, supondrá el ejercicio de
competencias propias de la Administración.
– Recibir del Real Patronato sobre Discapacidad la documentación aportada por los
solicitantes de las ayudas, comprobar el cumplimiento de lo exigido en la convocatoria y
remitir los correspondientes informes al Real Patronato.
– Realizar el proceso de escaneado de la documentación presentada en formato
papel.
– Devolver al Real Patronato sobre Discapacidad el remanente que resulte en el
mes siguiente a que se determine la cantidad máxima que la entidad colaboradora debe
distribuir entre los beneficiarios de las ayudas.
– Realizar una gestión diligente de los fondos públicos percibidos.
– Proceder a la apertura de una cuenta bancaria destinataria de los fondos, que
permita su seguimiento, así como la verificación de las ayudas otorgadas.
– Pagar a los beneficiarios las ayudas concedidas de acuerdo con los plazos y
condiciones establecidos en las bases reguladoras del programa, en la convocatoria
anual y en la resolución de concesión de éstas.
– Justificar ante el Real Patronato sobre Discapacidad que se ha efectuado el pago
de las ayudas a los beneficiarios de acuerdo con lo previsto en el apartado Noveno de la
Resolución de 28 de diciembre de 2022 del Real Patronato sobre Discapacidad por la
que se convoca el procedimiento de concurrencia para la selección de una entidad
colaboradora para la gestión de las ayudas del programa.
– Llevar un registro donde se detalle, como mínimo, los fondos recibidos para su
entrega a los beneficiarios, los fondos entregados a estos, los reintegros que, en su
caso, realicen los beneficiarios, los remanentes devueltos, en su caso, al Real Patronato
sobre Discapacidad y los rendimientos financieros que hayan generado los fondos
públicos. Los rendimientos financieros que generen los fondos públicos librados a la
entidad colaboradora hasta el momento en que ésta realice el pago corresponden al
Real Patronato sobre Discapacidad, debiendo quedar perfectamente identificados en la
documentación.
– Asesoramiento y colaboración para el cumplimiento de los requisitos a los que
están sujetos los beneficiarios en virtud de la Resolución de 28 de diciembre de 2022 del
Real Patronato sobre Discapacidad por la que se convoca el procedimiento de
concurrencia para la selección de una entidad colaboradora para la gestión de las
ayudas del programa.
– Devolver al Real Patronato sobre Discapacidad la documentación que hayan
aportado los solicitantes y beneficiarios de las ayudas, una vez que haya finalizado el
procedimiento de justificación.
– Someterse a las actuaciones de comprobación que respecto de la gestión de
dichos fondos pueda efectuar el organismo, así como cualesquiera otras de
comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control
competentes, aportando la información que le sea requerida para ello.
– Atender las instrucciones que se reciban desde el Real Patronato sobre
Discapacidad para la adecuada colaboración en la gestión de los fondos percibidos del
programa.
– La justificación al Real Patronato sobre Discapacidad de la totalidad de los gastos
y pagos realizados.