III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-12397)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se publican las Adendas a los Convenios de colaboración para la gestión de las subvenciones dentro del programa de Eco-Incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72802
A efectos de cuantificar los costes externos generados durante la navegación en
estas líneas, se han contrastado los datos de consumos y velocidades de los buques
declarados por la entidad colaboradora con los datos de los certificados MRV
(Monitoring, Reporting & Verification) considerándose en el cálculo los datos de los
certificados MRV por estar éstos del lado de la seguridad.
Asimismo, se han calculado los consumos de NOx a partir de los certificados de
Engine International Air Pollution Prevention (EIAPP) de los buques.
5. Por todo ello, ambas partes, de común acuerdo, han decidido suscribir la
presente adenda al convenio de colaboración con el fin de modificar el anexo I del
mismo, consolidando las modificaciones descritas en el punto anterior.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben la presente
Adenda al Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se sustituye el anexo I del Convenio de Colaboración por el anexo 1 de la presente
adenda.
Segunda.
Validez y eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará
eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en
el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO).
Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» dentro de los diez días
hábiles desde su formalización de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes firman el presente
documento en la fecha indicada en la última firma electrónica realizada.–La Secretaria
General de Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.–El representante de la
entidad colaboradora CLdN RoRo, SA, Pablo Pellón Ceballos.
Adenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y Finnlines Oyj para la gestión de las subvenciones del Eco-Incentivo
para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y
socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
11 de abril de 2023.
De una parte, doña María José Rallo del Olmo, Secretaria General de Transportes y
Movilidad, nombrada por el Real Decreto 353/2020, de 11 de febrero, actuando en
ejercicio de las competencias delegadas por la Ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, en nombre y representación del citado Ministerio.
De otra parte, don Tom Henrik Pippingsköld,en nombre y representación de Finnlines
Oyj (en adelante entidad colaboradora) con NIF: FI02011539 y domicilio fiscal en Plc
Komentosilta, 1, FI00980, Helsinki, Finlandia.
cve: BOE-A-2023-12397
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 126
Sábado 27 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72802
A efectos de cuantificar los costes externos generados durante la navegación en
estas líneas, se han contrastado los datos de consumos y velocidades de los buques
declarados por la entidad colaboradora con los datos de los certificados MRV
(Monitoring, Reporting & Verification) considerándose en el cálculo los datos de los
certificados MRV por estar éstos del lado de la seguridad.
Asimismo, se han calculado los consumos de NOx a partir de los certificados de
Engine International Air Pollution Prevention (EIAPP) de los buques.
5. Por todo ello, ambas partes, de común acuerdo, han decidido suscribir la
presente adenda al convenio de colaboración con el fin de modificar el anexo I del
mismo, consolidando las modificaciones descritas en el punto anterior.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben la presente
Adenda al Convenio de Colaboración que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se sustituye el anexo I del Convenio de Colaboración por el anexo 1 de la presente
adenda.
Segunda.
Validez y eficacia de la adenda.
La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes. Resultará
eficaz una vez que sea inscrita, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en
el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO).
Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» dentro de los diez días
hábiles desde su formalización de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes firman el presente
documento en la fecha indicada en la última firma electrónica realizada.–La Secretaria
General de Transportes y Movilidad, María José Rallo del Olmo.–El representante de la
entidad colaboradora CLdN RoRo, SA, Pablo Pellón Ceballos.
Adenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y Finnlines Oyj para la gestión de las subvenciones del Eco-Incentivo
para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y
socioeconómico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
11 de abril de 2023.
De una parte, doña María José Rallo del Olmo, Secretaria General de Transportes y
Movilidad, nombrada por el Real Decreto 353/2020, de 11 de febrero, actuando en
ejercicio de las competencias delegadas por la Ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, en nombre y representación del citado Ministerio.
De otra parte, don Tom Henrik Pippingsköld,en nombre y representación de Finnlines
Oyj (en adelante entidad colaboradora) con NIF: FI02011539 y domicilio fiscal en Plc
Komentosilta, 1, FI00980, Helsinki, Finlandia.
cve: BOE-A-2023-12397
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS