III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12330)
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Nara Es Solar 7, SL, autorización administrativa previa de la instalación solar fotovoltaica Allives, de 114,95 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Dos Hermanas (Sevilla).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Viernes 26 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72425
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Nara Es Solar 7, SL, autorización
administrativa previa de la instalación solar fotovoltaica Allives, de 114,95 MW
de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Dos
Hermanas (Sevilla).
Nara Es Solar 7, SL, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 25 de noviembre
de 2020, subsanada posteriormente en fecha 20 de diciembre de 2020, Autorización
Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en
concreto, de Utilidad Pública, para la instalación solar fotovoltaica «Allives» de 120 MW
en módulos fotovoltaicos y 114,95 MW en inversores, así como de la infraestructura de
evacuación asociada.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Sevilla, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
El promotor, con fecha 13 de julio de 2021, presentó documentación técnica y
ambiental adicional con motivo de algunas modificaciones realizadas en el proyecto
original, la cual fue considerada en el trámite de evaluación ambiental.
Se ha recibido informe, del que no se desprende oposición, de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Andalucía Occidental. Se ha dado traslado al promotor, el cual
expresa su conformidad con el mismo.
Se ha recibido informe técnico del Ayuntamiento de Dos Hermanas, sobre la
compatibilidad urbanística del proyecto, indicando que el proyecto para la licencia de
obras deberá incorporar la justificación de la posible incidencia de las placas
fotovoltaicas en el valor protegido de «hito paisajístico» de la Hacienda Villanueva del
Pítamo y siendo incompatible en cuanto a la ocupación de vías pecuarias, quedamos a
expensas de la normativa sectorial de ríos, canales y arroyos. Se ha dado traslado al
promotor, el cual expresa su conformidad con el mismo.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio y
Urbanismo, Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la
Junta de Andalucía, que adjunta informe de la Delegación Territorial de Sevilla;
Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de
Andalucía, alegando que la competencia depende de la Comunidad Autónoma. La
Delegación Territorial de Sevilla responde emitiendo informe en aras de la colaboración
administrativa, pero indicando que valorar la compatibilidad urbanística del proyecto no
está entre sus competencias. Establece que el Plan de Ordenación Urbana de Andalucía
en la zona de proyecto en los municipios de Sevilla y Dos Hermanas, es el Plan de
Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla (POTAUS). Respecto a
este instrumento, la zona de ubicación de la planta solar afecta al Área de Oportunidad,
R-10 «Residencial Dos Hermanas», en la que el proyecto no resultaría compatible. El
promotor, posteriormente, realiza una consulta ante la Dirección General de Ordenación
cve: BOE-A-2023-12330
Verificable en https://www.boe.es
12330
Núm. 125
Viernes 26 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72425
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Nara Es Solar 7, SL, autorización
administrativa previa de la instalación solar fotovoltaica Allives, de 114,95 MW
de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Dos
Hermanas (Sevilla).
Nara Es Solar 7, SL, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 25 de noviembre
de 2020, subsanada posteriormente en fecha 20 de diciembre de 2020, Autorización
Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en
concreto, de Utilidad Pública, para la instalación solar fotovoltaica «Allives» de 120 MW
en módulos fotovoltaicos y 114,95 MW en inversores, así como de la infraestructura de
evacuación asociada.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Sevilla, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
El promotor, con fecha 13 de julio de 2021, presentó documentación técnica y
ambiental adicional con motivo de algunas modificaciones realizadas en el proyecto
original, la cual fue considerada en el trámite de evaluación ambiental.
Se ha recibido informe, del que no se desprende oposición, de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Andalucía Occidental. Se ha dado traslado al promotor, el cual
expresa su conformidad con el mismo.
Se ha recibido informe técnico del Ayuntamiento de Dos Hermanas, sobre la
compatibilidad urbanística del proyecto, indicando que el proyecto para la licencia de
obras deberá incorporar la justificación de la posible incidencia de las placas
fotovoltaicas en el valor protegido de «hito paisajístico» de la Hacienda Villanueva del
Pítamo y siendo incompatible en cuanto a la ocupación de vías pecuarias, quedamos a
expensas de la normativa sectorial de ríos, canales y arroyos. Se ha dado traslado al
promotor, el cual expresa su conformidad con el mismo.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Ordenación del Territorio y
Urbanismo, Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la
Junta de Andalucía, que adjunta informe de la Delegación Territorial de Sevilla;
Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de
Andalucía, alegando que la competencia depende de la Comunidad Autónoma. La
Delegación Territorial de Sevilla responde emitiendo informe en aras de la colaboración
administrativa, pero indicando que valorar la compatibilidad urbanística del proyecto no
está entre sus competencias. Establece que el Plan de Ordenación Urbana de Andalucía
en la zona de proyecto en los municipios de Sevilla y Dos Hermanas, es el Plan de
Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla (POTAUS). Respecto a
este instrumento, la zona de ubicación de la planta solar afecta al Área de Oportunidad,
R-10 «Residencial Dos Hermanas», en la que el proyecto no resultaría compatible. El
promotor, posteriormente, realiza una consulta ante la Dirección General de Ordenación
cve: BOE-A-2023-12330
Verificable en https://www.boe.es
12330