III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-12318)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72299

SGAD y la de impulsar la consolidación de servicios, infraestructuras de las Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones (en adelante, TIC), equipamientos y redes
informáticas comunes de la Administración y sus organismos públicos. Asimismo,
corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a aquellos órganos con
los que se acuerde.
Cuarto.
Que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (en adelante, CHMS, O.A.),
tiene como atribuciones/funciones en el ámbito de su demarcación hidrográfica, la
administración y el control del dominio público hidráulico, la elaboración del plan
hidrológico, su seguimiento y revisión, la definición de objetivos y programas de calidad
de acuerdo con la planificación hidrológica, así como las que se deriven de convenios
con Comunidades Autónomas, Corporaciones Locales y otras entidades públicas o
privadas o de los suscritos por particulares de acuerdo con lo establecido en el
artículo 23.1 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Y a la Secretaría General del organismo le
corresponde, conforme a lo establecido en el artículo 6 del real decreto 984/1989, de 28
de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de
las Confederaciones Hidrográficas, la supervisión y coordinación de la informática en
materia administrativa y la gestión de medios materiales. Por tanto, la CHMS, O.A., está
habilitada para gestión de los medios materiales asignados.
Quinto.
Que CHMS, O.A., considera de gran utilidad disponer de los equipos portátiles y/o
separables enmarcados en la iniciativa de «Puesto de Trabajo Inteligente» del Plan de
Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 para dotar a los empleados
públicos de soluciones colaborativas y de movilidad en los puestos de trabajo, que les
permitan tanto su uso presencial en las instalaciones del organismo o entidad como, en
su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación NextGenerationEU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente Convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a CHMS, O.A., de dichos equipos, así como
la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.

Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes

cve: BOE-A-2023-12318
Verificable en https://www.boe.es

Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.