III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-12317)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72264

d) Actualizar la relación de la asignación de los equipos en el que caso de
redistribución de sus usuarios entre uno o más nuevos órganos del Organismo o
Entidad.
e) Facilitar a la SGAD, en caso de hurto o robo de un equipo asignado, copia de la
denuncia realizada ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o, en su caso,
policía autonómica, en la que figure el número de serie de dicho equipo. La Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo mantendrá informada a la
SGAD de la evolución de la denuncia y, en su caso, de la necesidad de la reposición del
equipo sustraído.
f) Realizar la interlocución directa con los proveedores de los equipos que haya
indicado la SGAD para la tramitación de incidencias durante el periodo de garantía.
g) Comunicar a la SGAD cualquier cambio en los números de serie del parque
asignado que se produzca como resultado de incidencias que conlleven la sustitución de
equipos por el proveedor a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo.
h) Facilitar a los trabajadores de la Agencia Española de Cooperación Internacional
para el Desarrollo unas normas de buen uso de los equipos informáticos puestos a su
disposición.
i) Asumir la responsabilidad en caso de daños o extravíos por uso negligente de los
equipos. Al tratarse de situaciones que no se encuentran bajo la cobertura de la garantía,
la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo se encargará de la
reparación del daño. Asimismo, una vez caducada la garantía de los equipos la Agencia
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo se hará cargo de los costes de
reparación o de soporte.
3. Los equipos que hayan sido asignados por la SGAD a la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo en cumplimiento de la inversión «Puesto de
Trabajo Inteligente» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en
adelante, PRTR), constituyen las herramientas digitales físicas del puesto de trabajo del
empleado que lo haya recibido, tanto para su uso presencial en las instalaciones del
organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
En caso de que se apruebe la normativa de aplicación del artículo 47 bis.4 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los equipos que haya asignado la SGAD
en cumplimiento del «Puesto de Trabajo Inteligente» del PRTR, en cuanto también son
potencialmente utilizables fuera de las instalaciones del organismo o entidad, se podrá
entender que también contribuyen al cumplimiento de la obligación de la Administración
de proporcionar y mantener a las personas que trabajen en la modalidad de teletrabajo
los medios tecnológicos necesarios para su actividad.
Tercera.

Régimen Económico.

Componente

C11

Modernización de las Administraciones públicas.

Inversión

C11.I1

Modernización de la Administración General del Estado, y
orientación al servicio del ciudadano.

Línea de acción C11.I1.L3
Objetivo

Infraestructuras digitales y ciberseguridad.

C11.I1.L3.M8 Puesto de Trabajo Inteligente.

2. Las actuaciones previstas en el presente convenio, necesarias para el
cumplimiento de la Medida 8 «Puesto de Trabajo Inteligente» del PRTR, no darán lugar a
contraprestación económica entre las partes.

cve: BOE-A-2023-12317
Verificable en https://www.boe.es

1. El presente Convenio corresponde, en el marco de las iniciativas del PRTR al
siguiente componente, inversión y línea de acción: