III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-12315)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Política Territorial y el Instituto Cervantes, para la realización de un programa conjunto de actividades culturales.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Viernes 26 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72252
Décima. Protección de datos.
Ambas partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de
protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Ambas partes se comprometen a no hacer uso de los datos para una finalidad
distinta que la que motiva el desarrollo de este Convenio, a no comunicarlos a terceros
sin consentimiento de los interesados, así como a cumplir con las medidas de seguridad
y demás obligaciones derivadas de la legislación de protección de datos de carácter
personal.
Asimismo, las entidades firmantes del Convenio quedan exoneradas de cualquier
responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones
anteriores efectuada por cualquiera otra parte.
En caso de quebrantamiento de las obligaciones asumidas, la entidad que las
hubiera quebrantado responderá de las infracciones en que hubiera incurrido.
Undécima.
Transparencia.
El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás
normativa de desarrollo de la misma.
Duodécima.
Propiedad intelectual y derechos de imagen.
Decimotercera.
Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el
capítulo VI del título preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En todo caso, las dudas o lagunas que en la interpretación y aplicación de este
convenio puedan suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha
ley.
cve: BOE-A-2023-12315
Verificable en https://www.boe.es
Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente
convenio, el Instituto Cervantes se responsabilizará de gestionar todos los derechos de
explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás
derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de
cualquier otro tipo necesarios para la celebración de estas actividades y para la difusión
de las mismas.
En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de
vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades objeto del presente
convenio, su titularidad corresponderá a la parte que lo realice, comprometiéndose dicha
parte a ceder a la otra una copia del mismo. Esta cesión comportará la autorización a la
otra parte para la reproducción, transformación, distribución, comunicación pública,
incluida la puesta a disposición del público a través de Internet, del material audiovisual
realizado en virtud de este convenio, en todos los países y durante el tiempo más amplio
permitido por la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de cualquier
tipo que terceras personas ostenten sobre estos materiales.
Los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados de la colaboración de las
partes, corresponderán a la parte que, en su caso, haya realizado el material o la obra de
que se trate.
Núm. 125
Viernes 26 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72252
Décima. Protección de datos.
Ambas partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de
protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Ambas partes se comprometen a no hacer uso de los datos para una finalidad
distinta que la que motiva el desarrollo de este Convenio, a no comunicarlos a terceros
sin consentimiento de los interesados, así como a cumplir con las medidas de seguridad
y demás obligaciones derivadas de la legislación de protección de datos de carácter
personal.
Asimismo, las entidades firmantes del Convenio quedan exoneradas de cualquier
responsabilidad que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones
anteriores efectuada por cualquiera otra parte.
En caso de quebrantamiento de las obligaciones asumidas, la entidad que las
hubiera quebrantado responderá de las infracciones en que hubiera incurrido.
Undécima.
Transparencia.
El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás
normativa de desarrollo de la misma.
Duodécima.
Propiedad intelectual y derechos de imagen.
Decimotercera.
Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.
Este convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el
capítulo VI del título preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En todo caso, las dudas o lagunas que en la interpretación y aplicación de este
convenio puedan suscitarse, se resolverán aplicando los principios contenidos en dicha
ley.
cve: BOE-A-2023-12315
Verificable en https://www.boe.es
Para la realización de los compromisos relativos a las actividades objeto del presente
convenio, el Instituto Cervantes se responsabilizará de gestionar todos los derechos de
explotación (reproducción, transformación, distribución y comunicación pública) y demás
derivados de la propiedad intelectual e industrial y de los derechos de imagen o de
cualquier otro tipo necesarios para la celebración de estas actividades y para la difusión
de las mismas.
En el caso de que cualquiera de las partes realice grabaciones y ediciones de
vídeos, fotos o cualquier otro material audiovisual de las actividades objeto del presente
convenio, su titularidad corresponderá a la parte que lo realice, comprometiéndose dicha
parte a ceder a la otra una copia del mismo. Esta cesión comportará la autorización a la
otra parte para la reproducción, transformación, distribución, comunicación pública,
incluida la puesta a disposición del público a través de Internet, del material audiovisual
realizado en virtud de este convenio, en todos los países y durante el tiempo más amplio
permitido por la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de los derechos de cualquier
tipo que terceras personas ostenten sobre estos materiales.
Los derechos de propiedad intelectual sobre los resultados de la colaboración de las
partes, corresponderán a la parte que, en su caso, haya realizado el material o la obra de
que se trate.