III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-12326)
Resolución de 23 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Luminora Solar Dos, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Luminora Solar Dos de 196,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Murcia y San Javier (Murcia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125

Viernes 26 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 72390

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 23 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Luminora Solar Dos, SL,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Luminora
Solar Dos de 196,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, en Murcia y San Javier (Murcia).

Luminora Solar Dos, SL (en adelante, Luminora Solar Dos o el promotor) solicitó, con
fecha 6 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa para el parque solar
fotovoltaico Luminora Solar Dos, y de su infraestructura de evacuación, consistente en la
subestación eléctrica «SET Luminora Solar Dos 30/220 kV», línea aéreo-subterránea
a 220 kV «SET Luminora Solar Dos-SET Colectora San Pedro», subestación eléctrica
«SET Colectora San Pedro 30/220 kV» y línea aéreo-subterránea «SET Colectora San
Pedro-SET San Pedro del Pinatar REE», situados en los términos municipales de San
Javier, San Pedro del Pinatar y Murcia, provincia de Murcia.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Murcia, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de Telefónica España SAU, en la que no se muestra
oposición a la autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Luminora Solar Dos
de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar, en la que se
indica que las medidas preventivas y correctoras propuestas en el Estudio de Impacto
Ambiental se consideran adecuadas. Se ha dado traslado a Luminora Solar Dos de dicha
contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Murcia, en la que se establece un
listado de aspectos ambientales aplicables de competencia municipal a tener en cuenta.
Se ha dado traslado a Luminora Solar Dos de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma.
Se ha recibido contestación de la Dirección General del Territorio y Arquitectura de la
Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, en la que indica la necesidad de solicitar autorización a la Dirección General de
Medio Natural de la CARM por la afección a vías pecuarias, a la Dirección General de
Carreteras de la CARM, por la afección a dos carreteras regionales, a la Confederación
Hidrográfica del Segura por las afecciones a un cauce perteneciente al Dominio Público
Hidráulico y a zonas inundables. Se deberá también justificar que las instalaciones no se
ven afectadas por servidumbres aeronáuticas del aeropuerto internacional de Murcia, al
estar ubicada la instalación en zonas afectadas por superficies limitadoras de obstáculos.
Por otro lado, se deberá aportar más detalle a las medidas correctoras del paisaje. Se ha
dado traslado a Luminora Solar Dos de dicha contestación, el cual expresa su
conformidad con la misma. Posteriormente, esta Dirección General emite nuevo informe

cve: BOE-A-2023-12326
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