III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Relaciones de puestos de trabajo. (BOE-A-2023-12302)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se determina la estructura y se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Oficina Judicial de Segovia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Viernes 26 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72163
los servicios comunes que se crean de la forma que se entiende más conveniente para
la dimensión y características del partido judicial.
Por razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más
representativas y habiéndose solicitado informe al Consejo General del Poder Judicial y
al Ministerio de Hacienda y Función Pública,
Esta Secretaría General, en virtud de las competencias que le han sido atribuidas en el
artículo 3.2.e) del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, y de conformidad con los
artículos 522 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, resuelve:
Primero.
Establecer como modelo de ordenación de la Oficina Judicial de Segovia el
integrado, además de por las correspondientes unidades procesales de apoyo directo,
por un Servicio Común Procesal General y un Servicio Común Procesal de Ejecución.
Aprobar la relación de puestos de trabajo contenida en el anexo I y la tabla de
códigos contenida en el anexo II.
Para la determinación de las funciones de los letrados de la Administración de
Justicia y del resto del personal perteneciente a los cuerpos de funcionarios al servicio
de la Administración de Justicia integrantes de las unidades procesales de apoyo directo
y de los servicios comunes procesales, además de lo previsto en la Ley Orgánica del
Poder Judicial y los respectivos Reglamentos, se estará a lo previsto en la Orden
JUS/1741/2010, de 22 de junio, por la que se determina la estructura y se aprueban las
relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de las secretarías de
gobierno incluidas en la primera fase del Plan del Ministerio de Justicia para la
implantación de la Nueva Oficina Judicial.
Dado que no se constituye el Servicio Común Procesal de Ordenación del
Procedimiento, serán las propias unidades procesales de apoyo directo las que asuman
todas aquellas funciones que le corresponderían a aquel.
El personal del Servicio Común Procesal General realizará las tareas de asistencia al
Juez/a Decano/a, al Secretario/a Coordinador/a Provincial y al Presidente/a de la
Audiencia Provincial, a todos ellos en la forma que determinen los protocolos.
La Oficina Judicial de Segovia entrará en funcionamiento mediante resolución del órgano
competente del Ministerio de Justicia y en la fecha que en la misma se establezca.
A partir de la entrada en vigor de esta resolución se realizarán los procesos de
acoplamiento previstos en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003,
de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, en la redacción dada por el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de
noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la
implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial.
Se mantendrán las retribuciones complementarias fijas que los funcionarios de los
Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa
y de Auxilio Judicial perciban en el momento de la implantación de la Oficina Judicial si
con ocasión del proceso de acoplamiento no pudiesen ser confirmados en puestos de
similares características y pasasen a desempeñar un puesto de trabajo genérico con
retribuciones complementarias inferiores. El mantenimiento de estas retribuciones no
podrá ser objeto de compensación ni absorción y se mantendrá mientras no se produzca
un cambio de puesto de trabajo de forma voluntaria.
La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de mayo de 2023.–El Secretario General para la Innovación y Calidad del
Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.
cve: BOE-A-2023-12302
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 125
Viernes 26 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72163
los servicios comunes que se crean de la forma que se entiende más conveniente para
la dimensión y características del partido judicial.
Por razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales más
representativas y habiéndose solicitado informe al Consejo General del Poder Judicial y
al Ministerio de Hacienda y Función Pública,
Esta Secretaría General, en virtud de las competencias que le han sido atribuidas en el
artículo 3.2.e) del Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, y de conformidad con los
artículos 522 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, resuelve:
Primero.
Establecer como modelo de ordenación de la Oficina Judicial de Segovia el
integrado, además de por las correspondientes unidades procesales de apoyo directo,
por un Servicio Común Procesal General y un Servicio Común Procesal de Ejecución.
Aprobar la relación de puestos de trabajo contenida en el anexo I y la tabla de
códigos contenida en el anexo II.
Para la determinación de las funciones de los letrados de la Administración de
Justicia y del resto del personal perteneciente a los cuerpos de funcionarios al servicio
de la Administración de Justicia integrantes de las unidades procesales de apoyo directo
y de los servicios comunes procesales, además de lo previsto en la Ley Orgánica del
Poder Judicial y los respectivos Reglamentos, se estará a lo previsto en la Orden
JUS/1741/2010, de 22 de junio, por la que se determina la estructura y se aprueban las
relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de las secretarías de
gobierno incluidas en la primera fase del Plan del Ministerio de Justicia para la
implantación de la Nueva Oficina Judicial.
Dado que no se constituye el Servicio Común Procesal de Ordenación del
Procedimiento, serán las propias unidades procesales de apoyo directo las que asuman
todas aquellas funciones que le corresponderían a aquel.
El personal del Servicio Común Procesal General realizará las tareas de asistencia al
Juez/a Decano/a, al Secretario/a Coordinador/a Provincial y al Presidente/a de la
Audiencia Provincial, a todos ellos en la forma que determinen los protocolos.
La Oficina Judicial de Segovia entrará en funcionamiento mediante resolución del órgano
competente del Ministerio de Justicia y en la fecha que en la misma se establezca.
A partir de la entrada en vigor de esta resolución se realizarán los procesos de
acoplamiento previstos en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003,
de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, en la redacción dada por el artículo 2 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de
noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la
implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial.
Se mantendrán las retribuciones complementarias fijas que los funcionarios de los
Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa
y de Auxilio Judicial perciban en el momento de la implantación de la Oficina Judicial si
con ocasión del proceso de acoplamiento no pudiesen ser confirmados en puestos de
similares características y pasasen a desempeñar un puesto de trabajo genérico con
retribuciones complementarias inferiores. El mantenimiento de estas retribuciones no
podrá ser objeto de compensación ni absorción y se mantendrá mientras no se produzca
un cambio de puesto de trabajo de forma voluntaria.
La presente resolución producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de mayo de 2023.–El Secretario General para la Innovación y Calidad del
Servicio Público de Justicia, Manuel Olmedo Palacios.
cve: BOE-A-2023-12302
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Segundo.