III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Relaciones de puestos de trabajo. (BOE-A-2023-12302)
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se determina la estructura y se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Oficina Judicial de Segovia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 125
Viernes 26 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72162
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Secretaría General para la
Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se determina
la estructura y se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Oficina
Judicial de Segovia.
La Orden JUS/1741/2010, de 22 de junio, por la que se determina la estructura y se
aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de las
secretarías de gobierno incluidas en la primera fase del Plan del Ministerio de Justicia
para la implantación de la Nueva Oficina Judicial, estableció la estructura de la Nueva
Oficina Judicial con una delimitación por cuerpos de las funciones que desarrollarán las
unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes procesales.
Por otra parte, la Orden JUS/415/2017, de 27 de abril, por la que se determinan los
modelos de estructura y organización de la Oficina Judicial en determinados partidos
judiciales del ámbito territorial del Ministerio de Justicia, determinó y asignó los modelos
de estructura y organización de la Oficina Judicial que asiste a los órganos judiciales
incluidos dentro de su ámbito de aplicación, atendiendo a las necesidades y recursos
disponibles en cada partido judicial, entre los cuales se encuentra incluido el partido
judicial de Segovia.
Por todo ello, la presente resolución tiene por objeto establecer la estructura y
aprobar la relación de puestos de trabajo de la Oficina Judicial de Segovia, en relación al
modelo de estructura y organización asignado en la referida Orden JUS/415/2017, de 27
de abril, por la que se determinan los modelos de estructura y organización de la Oficina
Judicial en determinados partidos judiciales del ámbito territorial del Ministerio de
Justicia, y a la determinación de funciones establecida en la antedicha Orden
JUS/1741/2010, de 22 de junio, por la que se determina la estructura y se aprueban las
relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de las secretarías de
gobierno incluidas en la primera fase del Plan del Ministerio de Justicia para la
implantación de la Nueva Oficina Judicial.
El artículo 522 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 julio, del Poder Judicial, atribuye al
Ministerio de Justicia, previa negociación con las organizaciones sindicales más
representativas, la competencia tanto para elaborar y aprobar las relaciones de puestos
de trabajo en que se ordenan los puestos de las oficinas judiciales correspondientes a su
ámbito de actuación, como para la ordenación de los puestos de trabajo de las oficinas
judiciales asignados al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en todo el
territorio del Estado.
En aplicación de este precepto, en la relación de puestos de trabajo que se aprueba
por la presente resolución se ha respetado la Orden JUS/76/2014, de 28 de enero, por la
que se modifica la Orden JUS/3244/2005, de 18 de octubre, por la que se determina la
dotación básica de las unidades procesales de apoyo directo a los órganos judiciales.
En relación con los distintos servicios comunes procesales que se crean, la Ley
Orgánica del Poder Judicial prevé la posibilidad de crear servicios comunes procesales,
con funciones de registro y reparto, actos de comunicación, auxilio judicial, ejecución de
resoluciones judiciales, jurisdicción voluntaria, mediación y ordenación del
procedimiento. En relación al diseño Oficina Judicial de Segovia, se crea un Servicio
Común Procesal General y un Servicio Común Procesal de Ejecución, descartando la
creación de un Servicio Común de Ordenación del Procedimiento en atención a las
previsiones de modificaciones legislativas impulsadas por este Ministerio y de acuerdo
con el principio de flexibilidad que recoge el artículo 436 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. Igualmente, se han realizado los ajustes en la distribución de tareas dentro de
cve: BOE-A-2023-12302
Verificable en https://www.boe.es
12302
Núm. 125
Viernes 26 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 72162
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
Resolución de 10 de mayo de 2023, de la Secretaría General para la
Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se determina
la estructura y se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Oficina
Judicial de Segovia.
La Orden JUS/1741/2010, de 22 de junio, por la que se determina la estructura y se
aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de las
secretarías de gobierno incluidas en la primera fase del Plan del Ministerio de Justicia
para la implantación de la Nueva Oficina Judicial, estableció la estructura de la Nueva
Oficina Judicial con una delimitación por cuerpos de las funciones que desarrollarán las
unidades procesales de apoyo directo y los servicios comunes procesales.
Por otra parte, la Orden JUS/415/2017, de 27 de abril, por la que se determinan los
modelos de estructura y organización de la Oficina Judicial en determinados partidos
judiciales del ámbito territorial del Ministerio de Justicia, determinó y asignó los modelos
de estructura y organización de la Oficina Judicial que asiste a los órganos judiciales
incluidos dentro de su ámbito de aplicación, atendiendo a las necesidades y recursos
disponibles en cada partido judicial, entre los cuales se encuentra incluido el partido
judicial de Segovia.
Por todo ello, la presente resolución tiene por objeto establecer la estructura y
aprobar la relación de puestos de trabajo de la Oficina Judicial de Segovia, en relación al
modelo de estructura y organización asignado en la referida Orden JUS/415/2017, de 27
de abril, por la que se determinan los modelos de estructura y organización de la Oficina
Judicial en determinados partidos judiciales del ámbito territorial del Ministerio de
Justicia, y a la determinación de funciones establecida en la antedicha Orden
JUS/1741/2010, de 22 de junio, por la que se determina la estructura y se aprueban las
relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales y de las secretarías de
gobierno incluidas en la primera fase del Plan del Ministerio de Justicia para la
implantación de la Nueva Oficina Judicial.
El artículo 522 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 julio, del Poder Judicial, atribuye al
Ministerio de Justicia, previa negociación con las organizaciones sindicales más
representativas, la competencia tanto para elaborar y aprobar las relaciones de puestos
de trabajo en que se ordenan los puestos de las oficinas judiciales correspondientes a su
ámbito de actuación, como para la ordenación de los puestos de trabajo de las oficinas
judiciales asignados al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia en todo el
territorio del Estado.
En aplicación de este precepto, en la relación de puestos de trabajo que se aprueba
por la presente resolución se ha respetado la Orden JUS/76/2014, de 28 de enero, por la
que se modifica la Orden JUS/3244/2005, de 18 de octubre, por la que se determina la
dotación básica de las unidades procesales de apoyo directo a los órganos judiciales.
En relación con los distintos servicios comunes procesales que se crean, la Ley
Orgánica del Poder Judicial prevé la posibilidad de crear servicios comunes procesales,
con funciones de registro y reparto, actos de comunicación, auxilio judicial, ejecución de
resoluciones judiciales, jurisdicción voluntaria, mediación y ordenación del
procedimiento. En relación al diseño Oficina Judicial de Segovia, se crea un Servicio
Común Procesal General y un Servicio Común Procesal de Ejecución, descartando la
creación de un Servicio Común de Ordenación del Procedimiento en atención a las
previsiones de modificaciones legislativas impulsadas por este Ministerio y de acuerdo
con el principio de flexibilidad que recoge el artículo 436 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. Igualmente, se han realizado los ajustes en la distribución de tareas dentro de
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