III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Federación Española de Espeleología. Estatutos. (BOE-A-2023-12251)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Espeleología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124

Jueves 25 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 71801

Artículo 3.
La FEE está afiliada y ostenta la representación de España ante la Unión
Internationale de Spéléologie (U.I.S.), la Fédération Spéléologique Européenne (FSE) así
como en cuantas actividades y competiciones oficiales de carácter internacional
celebradas fuera y dentro del territorio español, que estén relacionadas con la
espeleología.
Artículo 4.
Su domicilio social se establece en Pazo de Santo Tomé, rúa Julia Pardo
Montenegro, número 13, 3.ª planta, C.P. 27740 Mondoñedo (Lugo), pudiendo ser
trasladado por acuerdo de la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. En
caso de que el traslado se produzca dentro de la misma provincia, podrá ser aprobado
por la Comisión delegada, a propuesta de la Junta Directiva, y ratificado posteriormente
a la Asamblea General.
Artículo 5.

a) La enseñanza, promoción y divulgación de la espeleología y sus especialidades,
dentro de su ámbito de competencias, en coordinación con las federaciones
autonómicas, en todas sus manifestaciones, orientando la actuación de los deportistas
hacia una mayor comprensión, conocimiento y defensa del medio natural, así como la
adquisición de una técnica que permita la práctica de este deporte con la máxima
seguridad.
b) Estimular la práctica de la espeleología y sus especialidades con estudios y
trabajos relativos a las mismas y en sus aspectos deportivos, técnicos, científicos y
educativos, así como en relación con otros deportes afines.
c) Apoyar técnica y administrativamente la espeleología y sus especialidades, en
todos los aspectos y manifestaciones, dentro de España y en las salidas oficiales
realizadas por españoles al extranjero.
d) Fomentar y colaborar en las actividades científicas relacionadas con la
espeleología y sus especialidades, tales como investigaciones y exploraciones
geográficas, geológicas, ecológicas, y todas las demás relacionadas con nuestro entorno
natural.
e) Fomentar la defensa del patrimonio natural, histórico, paleontológico,
arqueológico, geológico y bioespeleológico e intervenir en su defensa ante los entes
públicos o privados.
f) Realizar las gestiones oportunas delante de los organismos públicos y privados,
para la protección y apoyo de la espeleología y sus especialidades, así como velar por el
prestigio de la misma.
g) Mantener las debidas relaciones con los Organismos Internacionales
relacionados con la espeleología, sus especialidades y las diversas actividades
relacionadas con las mismas, así como otras entidades de carácter estatal o
Federaciones Españolas directa o indirectamente relacionadas con estas especialidades
deportivas o en torno a su actuación.
h) Organizar las actividades y competiciones de ámbito estatal.
i) En general, cuantas actividades sirvan para la promoción y conocimiento de la
Espeleología y sus especialidades.

cve: BOE-A-2023-12251
Verificable en https://www.boe.es

Corresponde a la FEE, como actividad propia, el Gobierno, administración, gestión,
organización y reglamentación de la espeleología en todo tipo cavidades naturales y
artificiales y sus especialidades: espeleobuceo (espeleología subacuática continental), la
competición en técnicas de progresión vertical (TPV), espeleosocorro (técnicas rescate
en cuevas y en espacios confinados) y aquellas otras reconocidas por el Consejo
Superior de Deportes.
En su virtud es propia de ella: