I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Tributos. (BOE-A-2023-12204)
Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 124
Jueves 25 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 71538
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
12204
Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE)
2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la
Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de
la fiscalidad, y otras normas tributarias.
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley:
PREÁMBULO
La Directiva (UE) 2021/514 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se
modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de
la fiscalidad, en adelante DAC 7, tiene como principales objetivos mejorar el marco
existente para el intercambio de información y la cooperación administrativa en la Unión
Europea, así como ampliar la cooperación administrativa a ámbitos nuevos, con el fin de
abordar los desafíos que plantea la digitalización de la economía y ayudar a las
administraciones tributarias a recaudar los impuestos de una forma mejor y más
eficiente. En este sentido, se establece una nueva obligación de información respecto de
los operadores de las plataformas digitales.
Asimismo, en un contexto internacional de fortalecimiento de los mecanismos de
intercambio de información, hay que tener en cuenta la suscripción por parte de España
del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes para el intercambio automático
de información sobre la renta obtenida a través de plataformas digitales en el ámbito de
la OCDE, así como otros acuerdos internacionales suscritos con el mismo objetivo. En
este sentido, a efectos de facilitar a las jurisdicciones firmantes el intercambio de
información al socaire del citado Acuerdo Multilateral, se ha aprobado en el seno de la
OCDE un Modelo de Reglas de comunicación de información por parte de operadores de
plataformas respecto de los vendedores en el ámbito de la economía colaborativa y la
economía de trabajo esporádico, en adelante Modelo de Reglas, sustancialmente similar
al contenido de la DAC 7, en particular, a las normas y procedimientos de diligencia
debida de su anexo.
La transposición de la DAC 7 y la implantación del referido Modelo de Reglas en el
Derecho interno se efectúa a través de la modificación de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, para aquellas cuestiones que aconsejan su regulación por
norma con rango legal, completándose dicha transposición con las novedades incluidas
a nivel reglamentario, en particular, en el Reglamento General de las actuaciones y los
procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes
de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real
Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
Por otro lado, al margen del régimen de la nueva obligación de información de los
operadores de plataforma, la transposición de la DAC 7 genera la necesidad de
modificación de la Ley General Tributaria en diferentes aspectos. Así, se regula el
cve: BOE-A-2023-12204
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 124
Jueves 25 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 71538
I. DISPOSICIONES GENERALES
JEFATURA DEL ESTADO
12204
Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE)
2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la
Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de
la fiscalidad, y otras normas tributarias.
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley:
PREÁMBULO
La Directiva (UE) 2021/514 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se
modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de
la fiscalidad, en adelante DAC 7, tiene como principales objetivos mejorar el marco
existente para el intercambio de información y la cooperación administrativa en la Unión
Europea, así como ampliar la cooperación administrativa a ámbitos nuevos, con el fin de
abordar los desafíos que plantea la digitalización de la economía y ayudar a las
administraciones tributarias a recaudar los impuestos de una forma mejor y más
eficiente. En este sentido, se establece una nueva obligación de información respecto de
los operadores de las plataformas digitales.
Asimismo, en un contexto internacional de fortalecimiento de los mecanismos de
intercambio de información, hay que tener en cuenta la suscripción por parte de España
del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes para el intercambio automático
de información sobre la renta obtenida a través de plataformas digitales en el ámbito de
la OCDE, así como otros acuerdos internacionales suscritos con el mismo objetivo. En
este sentido, a efectos de facilitar a las jurisdicciones firmantes el intercambio de
información al socaire del citado Acuerdo Multilateral, se ha aprobado en el seno de la
OCDE un Modelo de Reglas de comunicación de información por parte de operadores de
plataformas respecto de los vendedores en el ámbito de la economía colaborativa y la
economía de trabajo esporádico, en adelante Modelo de Reglas, sustancialmente similar
al contenido de la DAC 7, en particular, a las normas y procedimientos de diligencia
debida de su anexo.
La transposición de la DAC 7 y la implantación del referido Modelo de Reglas en el
Derecho interno se efectúa a través de la modificación de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, para aquellas cuestiones que aconsejan su regulación por
norma con rango legal, completándose dicha transposición con las novedades incluidas
a nivel reglamentario, en particular, en el Reglamento General de las actuaciones y los
procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes
de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real
Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
Por otro lado, al margen del régimen de la nueva obligación de información de los
operadores de plataforma, la transposición de la DAC 7 genera la necesidad de
modificación de la Ley General Tributaria en diferentes aspectos. Así, se regula el
cve: BOE-A-2023-12204
Verificable en https://www.boe.es
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