III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-12193)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Bebidas Espirituosas-Espirituosos España, para la promoción de la internacionalización del sector español de las bebidas espirituosas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123
Miércoles 24 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 71395
divulgación, formación o promoción de los espirituosos españoles en el exterior
realizadas por éstas y para favorecer la participación de las empresas españolas del
sector en las actividades y acciones que ambas entidades organicen.
Segunda.
2.1
Líneas de trabajo objeto de la colaboración.
Actividades concretas a desarrollar.
Las actividades que las Partes acuerdan promover y desarrollar conjuntamente en el
marco de la relación de colaboración que se establece mediante el presente Convenio
son las siguientes:
– Seminarios, talleres y foros de debate sobre la internacionalización del sector
español de las bebidas espirituosas.
– Actividades de promoción internacional del sector de bebidas espirituosas, tales
como jornadas técnicas, seminarios de oportunidades en mercados estratégicos y
misiones inversas de compradores o prescriptores, entre otras; y en su caso, en
colaboración con otras organizaciones del sector.
Para su realización, las Partes podrán elaborar un plan de trabajo conjunto, en el que
se incluyan las actividades previstas a realizar conjuntamente en el marco del Convenio
(en adelante, el Plan de Trabajo). Este plan tendrá carácter anual y deberá ser aprobado
en sede de la Comisión de Seguimiento.
Para el desarrollo y ejecución de cada una de las actividades incluidas en los Planes
de Trabajo, las Partes se comprometen a suscribir convenios específicos donde se
desarrollen los detalles de la actividad, las acciones concretas a desarrollar por cada una
de las Partes, así como el presupuesto conjunto acordado y demás cuestiones que
resulten pertinentes para la celebración de la actividad, entre otras cuestiones.
Quedan excluidas de ser objeto de convenio específico al amparo del presente
Convenio aquellas acciones que desarrolle ICEX de manera individual como apoyo
directo a la internacionalización del sector español de los espirituosos en su conjunto.
2.2
Otras formas de colaboración entre las Partes.
a) Invitación por parte de Espirituosos España a la persona titular de la dirección de
la Industria Alimentaria de ICEX a participar en las reuniones de sus comisiones o
grupos de internacionalización.
b) Identificación por parte de Espirituosos España de potenciales ponentes que
participen en seminarios y catas internacionales donde se ponga en valor la excelencia y
diversidad de productos del sector. Espirituosos España propondrá a ICEX autores
especializados en el sector para que puedan contribuir a generar contenidos específicos
para la formación de profesionales extranjeros que participen en la Foods & Wines from
Spain Academy.
c) Participación de representantes de Espirituosos España en misiones inversas a
España de prescriptores o profesionales del sector.
d) Aportación a ICEX por parte de Espirituosos España de las notas de prensa e
infografías que elabore en el desarrollo de su actividad para que puedan ser difundidas a
través de la arquitectura de portales de www.foodswinesfromspain.com.
e) Adquisición del derecho de ICEX a la reproducción total de los citados
materiales, así como a la reproducción parcial o de fragmentos de imágenes y
fotografías de las producciones, para su utilización en las actuaciones institucionales que
le son propias, tales como ferias, eventos, congresos, acuerdos con organismos públicos
nacionales o extranjeros, etc. sin límite temporal ni geográfico. ICEX podrá asimismo
incluirlos en su web corporativa, en cualquier publicación audiovisual, impresa o
cve: BOE-A-2023-12193
Verificable en https://www.boe.es
Además, las Partes acuerdan colaborar mediante las siguientes acciones, con las
mismas finalidades que las indicadas anteriormente:
Núm. 123
Miércoles 24 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 71395
divulgación, formación o promoción de los espirituosos españoles en el exterior
realizadas por éstas y para favorecer la participación de las empresas españolas del
sector en las actividades y acciones que ambas entidades organicen.
Segunda.
2.1
Líneas de trabajo objeto de la colaboración.
Actividades concretas a desarrollar.
Las actividades que las Partes acuerdan promover y desarrollar conjuntamente en el
marco de la relación de colaboración que se establece mediante el presente Convenio
son las siguientes:
– Seminarios, talleres y foros de debate sobre la internacionalización del sector
español de las bebidas espirituosas.
– Actividades de promoción internacional del sector de bebidas espirituosas, tales
como jornadas técnicas, seminarios de oportunidades en mercados estratégicos y
misiones inversas de compradores o prescriptores, entre otras; y en su caso, en
colaboración con otras organizaciones del sector.
Para su realización, las Partes podrán elaborar un plan de trabajo conjunto, en el que
se incluyan las actividades previstas a realizar conjuntamente en el marco del Convenio
(en adelante, el Plan de Trabajo). Este plan tendrá carácter anual y deberá ser aprobado
en sede de la Comisión de Seguimiento.
Para el desarrollo y ejecución de cada una de las actividades incluidas en los Planes
de Trabajo, las Partes se comprometen a suscribir convenios específicos donde se
desarrollen los detalles de la actividad, las acciones concretas a desarrollar por cada una
de las Partes, así como el presupuesto conjunto acordado y demás cuestiones que
resulten pertinentes para la celebración de la actividad, entre otras cuestiones.
Quedan excluidas de ser objeto de convenio específico al amparo del presente
Convenio aquellas acciones que desarrolle ICEX de manera individual como apoyo
directo a la internacionalización del sector español de los espirituosos en su conjunto.
2.2
Otras formas de colaboración entre las Partes.
a) Invitación por parte de Espirituosos España a la persona titular de la dirección de
la Industria Alimentaria de ICEX a participar en las reuniones de sus comisiones o
grupos de internacionalización.
b) Identificación por parte de Espirituosos España de potenciales ponentes que
participen en seminarios y catas internacionales donde se ponga en valor la excelencia y
diversidad de productos del sector. Espirituosos España propondrá a ICEX autores
especializados en el sector para que puedan contribuir a generar contenidos específicos
para la formación de profesionales extranjeros que participen en la Foods & Wines from
Spain Academy.
c) Participación de representantes de Espirituosos España en misiones inversas a
España de prescriptores o profesionales del sector.
d) Aportación a ICEX por parte de Espirituosos España de las notas de prensa e
infografías que elabore en el desarrollo de su actividad para que puedan ser difundidas a
través de la arquitectura de portales de www.foodswinesfromspain.com.
e) Adquisición del derecho de ICEX a la reproducción total de los citados
materiales, así como a la reproducción parcial o de fragmentos de imágenes y
fotografías de las producciones, para su utilización en las actuaciones institucionales que
le son propias, tales como ferias, eventos, congresos, acuerdos con organismos públicos
nacionales o extranjeros, etc. sin límite temporal ni geográfico. ICEX podrá asimismo
incluirlos en su web corporativa, en cualquier publicación audiovisual, impresa o
cve: BOE-A-2023-12193
Verificable en https://www.boe.es
Además, las Partes acuerdan colaborar mediante las siguientes acciones, con las
mismas finalidades que las indicadas anteriormente: