III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-12192)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de la Economía Digital, para colaborar en la realización y posterior difusión de un Libro Blanco del comercio electrónico transfronterizo en España.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123
Miércoles 24 de mayo de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 71385
Obligaciones de las Partes.
Para dar cumplimiento al objeto del presente convenio las Partes acuerdan asumir
las siguientes obligaciones:
2.1
Obligaciones de ADIGITAL.
a) Proponer a ICEX posibles contenidos para el Libro Blanco, basados en su
conocimiento del panorama digital español.
b) Realizar recomendaciones de expertos que colaboren en la elaboración de los
contenidos de la obra. Uno de dichos expertos será elegido como coordinador de los
trabajos que realicen los distintos autores que se contraten.
c) Recabar la información de sus homólogos a nivel europeo con el fin de analizar
qué están haciendo otros países competidores para dinamizar su comercio electrónico,
así como analizar los principales destinos del comercio electrónico español. El resultado
de esta actuación quedará plasmado en un documento que se habrá de presentar en el
seno de la Comisión de Seguimiento prevista en el presente convenio, con el único fin de
tomarlo en cuenta para la elaboración del Libro Blanco.
d) Realizar recomendaciones de política interna y externa a incluir en el Libro
Blanco, con base en las necesidades detectadas.
e) Revisar el contenido del Libro Blanco a medida que se vaya generando y
formular las observaciones al mismo que estime convenientes para la buena ejecución
del objeto del convenio.
f) Proporcionar cualquier otro tipo de asistencia requerida por ICEX necesaria para
el correcto desarrollo del objeto del presente convenio.
g) Designar una persona de contacto responsable para el seguimiento de las
actuaciones a las que hace referencia el presente convenio.
h) Realizar la máxima difusión del Libro Blanco, mediante todos los medios que
tenga a su alcance. En particular,
– El Libro Blanco estará disponible desde la web de ADIGITAL, y otros medios
digitales de la asociación, y se enviará a todos sus asociados y resto de contactos del
ecosistema facilitador del comercio electrónico en España. Para la descarga del Libro
Blanco, será necesario en todo caso que el interesado deje su contacto (nombre, correo
electrónico y empresa), para poder descargarlo de manera gratuita.
– Participando en las demás acciones promocionales que se especifican en la
cláusula 2.2.
i) Conceder a ICEX una licencia de uso, por el tiempo que permanezca vigente el
convenio, de su signo distintivo ADIGITAL para que aquella pueda emplearlos en la
promoción de actividades relacionadas con el presente convenio. Las condiciones de
uso de estas marcas son las reguladas en la cláusula Cuarta del presente convenio.
Obligaciones de ICEX.
a) Aportar como contenido de interés para el Libro Blanco las conclusiones de una
encuesta sobre el comercio electrónico transfronterizo en España, que tiene previsto
realizar próximamente, con el fin de disponer de una evaluación del estado actual,
análisis de las principales barreras y grado de conocimiento de los apoyos públicos. El
resultado de esta actuación quedará plasmado en un documento que se habrá de
presentar en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en el presente convenio,
con el único fin de tomarlo en cuenta para la elaboración del Libro Blanco.
La realización de la encuesta indicada en el párrafo anterior es ajena al presente
convenio, si bien, tal y como se acuerda, en el caso de que se realice, ICEX aportará,
para la realización del objeto del convenio, las conclusiones que se hayan obtenido de la
misma.
cve: BOE-A-2023-12192
Verificable en https://www.boe.es
2.2
Núm. 123
Miércoles 24 de mayo de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 71385
Obligaciones de las Partes.
Para dar cumplimiento al objeto del presente convenio las Partes acuerdan asumir
las siguientes obligaciones:
2.1
Obligaciones de ADIGITAL.
a) Proponer a ICEX posibles contenidos para el Libro Blanco, basados en su
conocimiento del panorama digital español.
b) Realizar recomendaciones de expertos que colaboren en la elaboración de los
contenidos de la obra. Uno de dichos expertos será elegido como coordinador de los
trabajos que realicen los distintos autores que se contraten.
c) Recabar la información de sus homólogos a nivel europeo con el fin de analizar
qué están haciendo otros países competidores para dinamizar su comercio electrónico,
así como analizar los principales destinos del comercio electrónico español. El resultado
de esta actuación quedará plasmado en un documento que se habrá de presentar en el
seno de la Comisión de Seguimiento prevista en el presente convenio, con el único fin de
tomarlo en cuenta para la elaboración del Libro Blanco.
d) Realizar recomendaciones de política interna y externa a incluir en el Libro
Blanco, con base en las necesidades detectadas.
e) Revisar el contenido del Libro Blanco a medida que se vaya generando y
formular las observaciones al mismo que estime convenientes para la buena ejecución
del objeto del convenio.
f) Proporcionar cualquier otro tipo de asistencia requerida por ICEX necesaria para
el correcto desarrollo del objeto del presente convenio.
g) Designar una persona de contacto responsable para el seguimiento de las
actuaciones a las que hace referencia el presente convenio.
h) Realizar la máxima difusión del Libro Blanco, mediante todos los medios que
tenga a su alcance. En particular,
– El Libro Blanco estará disponible desde la web de ADIGITAL, y otros medios
digitales de la asociación, y se enviará a todos sus asociados y resto de contactos del
ecosistema facilitador del comercio electrónico en España. Para la descarga del Libro
Blanco, será necesario en todo caso que el interesado deje su contacto (nombre, correo
electrónico y empresa), para poder descargarlo de manera gratuita.
– Participando en las demás acciones promocionales que se especifican en la
cláusula 2.2.
i) Conceder a ICEX una licencia de uso, por el tiempo que permanezca vigente el
convenio, de su signo distintivo ADIGITAL para que aquella pueda emplearlos en la
promoción de actividades relacionadas con el presente convenio. Las condiciones de
uso de estas marcas son las reguladas en la cláusula Cuarta del presente convenio.
Obligaciones de ICEX.
a) Aportar como contenido de interés para el Libro Blanco las conclusiones de una
encuesta sobre el comercio electrónico transfronterizo en España, que tiene previsto
realizar próximamente, con el fin de disponer de una evaluación del estado actual,
análisis de las principales barreras y grado de conocimiento de los apoyos públicos. El
resultado de esta actuación quedará plasmado en un documento que se habrá de
presentar en el seno de la Comisión de Seguimiento prevista en el presente convenio,
con el único fin de tomarlo en cuenta para la elaboración del Libro Blanco.
La realización de la encuesta indicada en el párrafo anterior es ajena al presente
convenio, si bien, tal y como se acuerda, en el caso de que se realice, ICEX aportará,
para la realización del objeto del convenio, las conclusiones que se hayan obtenido de la
misma.
cve: BOE-A-2023-12192
Verificable en https://www.boe.es
2.2